Lo que debes saber antes de reclamar

¿Quiénes pueden reclamar?

1. Los usuarios (personas que utilizan el servicio)

2. Los abonados del servicio (personas que contrataron el servicio, titulares del servicio)

Importante
  • La presentación de los reclamos, recursos de apelación y quejas a través del canal telefónico o página web por problemas relacionados a la prestación del servicio público móvil, solo podrán ser realizadas por el ABONADO del servicio.
  • Las empresas operadoras deben implementar y aplicar los lineamientos establecidos para la validación de la condición de abonado o usuario, que apruebe el OSIPTEL. Tales lineamientos se aplican independientemente del canal de atención y/o servicio objeto del reclamo.

3. Las personas que hubieran solicitado la instalación o activación de un servicio público de telecomunicaciones.

4. Representantes y Asociaciones de Usuarios

El usuario podrá designar un representante para iniciar el procedimiento de reclamo, a través de con carta poder simple con firma del usuario.

Para reclamos tramitados ante el TRASU, adicionalmente, el representante podrá presentar una declaración jurada respecto a su designación que sea otorgada por el usuario.

Las Asociaciones de Usuarios podrán iniciar el procedimiento de reclamo, en representación de sus asociados y de quienes les confieran poder.