Resolución de Gerencia General
- Se declara infundado el recurso de reconsideración presentado por LAP en contra de la Resolución Nº 015-2003-GG-OSITRAN.
- Se declara fundado el recurso planteado por Domiruth Travel Service S. A. C.
- Se aprueba el Reglamento de Procedimientos Operativos y de Acceso a la utilización del tramo Ancón-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamericana Norte.
- Declara que la entidad prestadora CONCAR S. A. ha incumplido con la obligación contenida en el artículo 1 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2001-CD/OSITRAN.
- Se declara infundada la queja interpuesta por Ferrocarril Santuario Inca Machu Picchu S. A. C., que sugiere que la Gerencia de Supervisión ha cumplido con emitir el informe N° 177-03-GS-C3-OSITRAN,...
- Se declara que la entidad prestadora LAP ha incumplido con lo dispuesto en el Numeral 2.1.1 del Anexo Nº 3 del Contrato de Concesión del AIJC.
- Se aprueba la liquidación contenida en la nota y el informe de vistos así como también la deducción del monto pagado en exceso por la empresa Ferrovías Central Andina S. A., ascendente a S/ 5249,27.
- Se designa al Comité Especial del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio de reservas y suministro de pasajes aéreos nacionales e internacionales.
- Se declara que la entidad prestadora Norvial S. A. ha incumplido con la obligación contenida en el Numeral 8.19 del Contrato de Concesión del Tramo Ancón-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamerica...
- Se designa al Comité Especial del Proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de Seguros Patrimoniales y Personales del Ositrán.
- Se declara que la entidad prestadora Lima Airport Partners S. R. L. ha incurrido en la infracción prevista en el Artículo 42 del Reglamento de Cobro y Aplicación de Infracciones, Sanciones y Tasas ...
- Se declara que la Empresa Nacional de Puertos S.A. ha incumplido la Resolución Nº 007-2003-TSC/OSITRAN del 22 de enero de 2003, la cual le ordenó proceder con la publicación a que se refiere el art...
- Se aprueba los Lineamientos y Condiciones de Acceso para la Prestación del Servicio Esencial de Practicaje en los Terminales Portuarios de ENAPU S. A.
- Se declara que la Empresa Nacional de Puertos S. A. ha incumplido con lo dispuesto en el Oficio Nº 567-02-GG-OSITRAN, el cual le otorgó un un plazo de diez (10) días hábiles para difundir los linea...
- Se declara la inaplicabilidad del inciso C del artículo primero, de la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2000-CD/OSITRAN, posteriormente modificada con la Resolución de Consejo Directivo Nº 01...
- Se declara fundada en parte la apelación interpuesta y en consecuencia modifica el Informe Nº 052-03-GS-I3-OSITRAN de fecha 26 de febrero de 2002, en los extremos a que se refiere el acápite 2, de ...
- Se aprueba las modificaciones de los lineamientos y condiciones de acceso de grúas de muelle móviles multipropósito para el Terminal Portuario del Callao en los términos expresados en el Informe Nº...
- Se declara que la empresa Ferrovías Central Andina S. A. ha incumplido la obligación contenida en el numeral 7.1 del contrato de concesión, en lo que respecta a la aplicación oportuna del mecanismo...
- Se declara fundada la apelación interpuesta por CODESA contra la adjudicación de la buena pro en el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 018-2004, adquisición de fotocopiadora para el Ositrán.
- Se designa al Comité Especial para la selección de una agencia de viajes y turismo para que preste el servicio de reservas y suministro de pasajes aéreos nacionales e internacionales.
- Se señala que a partir del primero de abril del año 2003, la empresa concesionaria del tramo Ancón-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamericana Norte se encuentra facultada a cobrar como tarifa má...
- Se declara la inaplicabilidad del inciso C del artículo primero, de la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2000-CD/OSITRAN, posteriormente modificada con la Resolución de Consejo Directivo Nº 00...
- Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por CONCAR S. A. contra el Oficio Nº 240-2002-GAF-OSITRAN y en consecuencia, confirmar el pronunciamiento de la Gerencia de Administración y...
- Se señala que a partir de la toma de posesión de los bienes de la concesión, la sociedad concesionaria del tramo de la carretera Ancón-Huacho-Pativilca se encuentra facultada a cobrar como tarifa m...
- Se confirma el Informe Nº 051-02-GS-V-OSITRAN del 11 de noviembre de 2002.