Resolución de Gerencia General
- Se designa como fedatario del Ositrán a la señora Ximena María Velit Poblete, profesional de la Gerencia de Asesoría Legal.
- Se aprueban las modificaciones a las directivas sobre la configuración y uso de estaciones de trabajo.
- Se aprueban las directivas sobre la configuración y uso de estaciones de trabajo.
- Se declara que la entidad prestadora Ferrovías Central Andina S. A. ha incumplido con la obligación contenida en el numeral 5.17 del contrato de concesión.
- Se declara la inaplicabilidad del inciso C del artículo primero, de la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2000-CD/OSITRAN, posteriormente modificada con la Resolución de Consejo Directivo Nº 01...
- Se declara fundada en parte la apelación interpuesta contra el Informe Nº 301-03-GS-I3-OSITRAN.
- Se declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por la Empresa Nacional de Puertos S. A.
- Se declara infundada la impugnación de la adjudicación de la buena pro en el Proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 077/2003, interpuesta por Consorcio Servicios Generales Corporación S. R. L...
- Se autoriza la aplicación de la tarifa máxima prevista en el contrato de concesión por uso de muelle para la descarga de granos mediante el sistema de torres absorbentes.
- Declara que la entidad prestadora Empresa Nacional de Puertos S. A. al no haber remitido la información solicitada por el Oficio Nº 428-03-GG-OSITRAN ha incurrido en el incumplimiento tipificado en...
- Se declara la inaplicabilidad del inciso C del artículo primero, de la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2000-CD/OSITRAN, posteriormente modificada con la Resolución de Consejo Directivo Nº 01...
- Se impone a LAP una sanción equivalente al 0,05 % de sus ingresos brutos que hayan sido facturados por LAP el año 2002, por el incumplimiento del Artículo 42 del RIS del Ositrán.
- Se declara que la Entidad Prestadora Lima Airport Partners S. R. L. ha incumplido con lo dispuesto en el numeral 1.2, sección a), del Anexo 5 del contrato de concesión.
- Se precisa que los nuevos procesos, procedimientos y flujogramas optimizados del Ositrán aprobados por Resolución de Gerencia General Nº 034-2003-GG-OSITRAN, no son de aplicación a aquellos trámite...
- Declara que la entidad prestadora Ferrovías Central Andina S. A. ha incumplido con lo dispuesto en el numeral 12.3 del contrato de concesión.
- Aprueba el formulario de Solicitud de Acceso a la Información Pública.
- Se aprueba los procesos, procedimientos y flujogramas optimizados, los mismos que como anexo son parte de la presente resolución.
- Se señala que a partir del primero de octubre del año 2003 la Sociedad Concesionaria Norvial S. A., del tramo Ancón-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamericana Norte se encuentra facultada a cobr...
- Se declara fundada en parte la apelación interpuesta por Ferrovías Central Andina S. A. y, en consecuencia, modificar el Informe Nº 164-03-GS-I3-OSITRAN de fecha 11 de julio de 2003.
- Se declara que la empresa Ferrocarril Transandino S. A. ha incumplido el numeral 21.3 del contrato de concesión al no haber renovado oportunamente las pólizas de seguros.
- Se designa a los fedatarios de la Gerencia de Supervisión del Ositrán.
- Se declara infundada la impugnación de la adjudicación de la buena pro en el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 044/2003, interpuesta por Mariátegui Heath Corredores de Seguros S. A.
- Se declara que la Entidad Prestadora LAP ha incumplido con lo dispuesto en el Acuerdo Nº 325-111-03-CD-OSITRAN.
- Se declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Lima Airport Partners S. R. L. contra la Resolución de Gerencia General Nº 020-2003-GG-OSITRAN.
- Se aprueban los Reglamentos Internos de Prevención de Accidentes y Prácticas de Seguridad y el de Seguridad, Control y Vigilancia, de la empresa Norvial S. A.