Resolución de Consejo Directivo
- Dicta Mandato de Acceso a LAP en favor de LC Busre S.A.C., para la utilización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, para efectos de la prestación del Servicio Esencial de Asistencia en Tierra...
- Dicta Mandato de Acceso a LAP en favor de Aerocondor S.A.C., para la utilización del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, para efectos de la prestación del Servicio Esencial de Asistencia en Tier...
- Deniega la solicitud de modificación de los Requisitos Técnicos Mínimos (RTM) señalados en el numeral 1.22.1 B 7 del Anexo 14 del Contrato de Concesión Aeropuerto Internacional Jorge Chávez (AIJCH)...
- Aprueba el factor de reajuste tarifario para el periodo comprendido entre el 17 de agosto de 2005 al 16 de agosto de 2006 de +5.38% (cinco y 38/100 puntos porcentuales) aplicable a los servicios a ...
- Modifica los artículos 1º, 4º, 5º y 7º de las «Normas de Incentivos y Estímulos para el Comportamiento Ético y Medidas de Protección de los Miembros de OSITRAN», aprobadas por la Resolución de Pres...
- Aprueba el nuevo texto de las «Normas de Comportamiento Ético de los miembros de OSITRAN», las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución.
- Aprueba el Contrato Tipo de Acceso Aplicable al Servicio de Remolcaje, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.
- Designa al Comité Electoral encargado del proceso de elección de los miembros de los Consejos de Usuarios.
- Declara improcedente la solicitud de Lima Airport Partners S.R.L. de concluir que su responsabilidad «no es amplia ni directa sino que se encuentra circunscrita a tareas de apoyo, supervisión, coor...
- Interpreta el contrato de concesión del Aeropuerto Internacional «Jorge Chávez», en ejercicio de la función administrativa otorgada por el mérito de lo dispuesto en el Literal e) del Numeral 7.1 de...
- Desestima el recurso de Reconsideración presentado por Lima Airport Partners S.R.L. en contra del Acuerdo Nº 624-164-05-CD-OSITRAN, dejando a salvo el derecho de la empresa concesionaria para inici...
- Autoriza una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático Institucional de OSITRAN para el Año Fiscal 2005 por el monto de S/. 161,708 Nuevos Soles, de acuerdo al detalle del Anex...
- Desestima la solicitud de reconsideración a la Resolución Nº 021-2005-CD-OSITRAN presentada por ENAPU.
- Establece la Tarifa Máxima del servicio de embarque y desembarque de pasajeros mediante Puentes de Abordaje (Mangas) en el AIJCH, en US $68.00 por los primeros 45 minutos de uso o fracción (sin inc...
- Modifica el artículo 2° de la Resolución de Consejo Directivo Nº 019-2005-CD/OSITRAN.
- Modifica el detalle del artículo 1° de la Resolución de Consejo Directivo Nº 019-2005-CD/OSITRAN.
- Autoriza la prepublicación en el diario oficial El Peruano del «Proyecto de Contrato Tipo de Acceso Aplicable al Servicio de Remolcaje».
- Aprueba la nueva organización de OSITRAN contenida en el Anexo Nº 1 el mismo que forma parte de la presente Resolución.
- Aprobar el Contrato Tipo de Acceso a la Infraestructura Portuaria para Brindar el Servicio de Practicaje.
- Aprueba el Manual de Contabilidad Regulatoria de TISUR – Versión 2.0 (Marzo 2005) para su obligatoria implementación por parte de Terminal Internacional del Sur S.A. a partir del segundo trimestre ...
- Aprueba la modificación del artículo 13º del Reglamento de Acceso de CORPAC S.A.
- Autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional correspondiente al año Fiscal 2005, de OSITRAN.
- Amplia hasta el día 1º de abril de 2005, el plazo establecido en el Artículo 1º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2005-CD-OSITRAN a efectos que los interesados puedan presentar sus comen...
- Declara parcialmente fundado el Recurso de Reconsideración presentado por TAYLOR en relación al extremo referido al numeral 16 del Anexo Nº 1 de la Resolución Nº 065-2004-CD-OSITRAN.
- Declara parcialmente fundado el Recurso de Reconsideración presentado por TRAMARSA en relación al extremo referido al numeral 16 del Anexo Nº 1 de la Resolución Nº 066-2004-CD-OSITRAN.