Resolución de Gerencia de Supervisión
- Se aprueba la reprogramación de actividades contenidas en el Plan Anual de Supervisión 2015, respecto de la entidad prestadora GYM Ferrovías S.A.
- Se aprueba la reprogramación de actividades contenidas en el Plan Anual de Supervisión 2015, respecto de las entidades prestadoras Concesionaria Vial del Perú S.A., y Ferrovías Central Andina S.A.
- Se aprueba la reprogramación de actividades contenidas en el Plan Anual de Supervisión 2015, respecto de las entidades prestadoras Ferrocarril Trasandino S.A., Ferrovías Cenctral Andina S.A. y Term...
- Se aprueba la reprogramación de actividades contenidas en el Plan Anual de Supervisión 2015, respecto a la entidad prestadora Corpac.
- Se declara que el consorcio supervisor Cesel-Ineco ha incumplido lo establecido en la numeral 5.6 del Contrato N°046-2014-0SITRAN.
- Se declara que el señor Vidal Zárate Infantas ha presentado su segundo entregable con dos días hábiles de retraso; y, en consecuencia, ha incumplido lo establecido en la numeral 4.4 del contrato N°...
- Se aprueba la reprogramación de actividades contenidas en el Plan Anual de Supervisión 2015, respecto a la entidad prestadora Concesionaria Vial Sierra Norte S.A.
- Se declara procedente y con eficacia anticipada la solicitud de suspensión de obligaciones solicitada por la empresa concesionaria IIRSA Norte S.A.
- Se aprueba la reprogramación de actividades contenidas en el Plan Anual de Supervisión 2015, respecto a la entidad prestadora DP World Callao S.R.L.
- Se aprueban las reprogramaciones de las actividades contenidas en el Plan Anual de Supervisión 2015, respecto a las entidades prestadoras Coviperu S.A. y Metro de Lima Linea 2 S.A.
- Se aprueba la reprogramación de las actividades contenidas en el Plan Anual de Supervisión 2015, respecto de la entidad prestadora Intersur Concesiones S.A.
- Se declara que la empresa Covisur no cumplió con la obligación establecida en el numeral 7.12 de la sección 3 del anexo I del contrato de concesión.
- No se declara la confidencialidad bajo el supuesto de proceso deliberativo y consultivo previo a la toma de una decisión de gobierno, respecto de la información remitida por LAP mediante Carta N° L...
- Se aprueba la reprogramación de actividades contenidas en el Plan Anual de Supervisión 2015, respecto de la entidad prestadora Metro de Lima Linea 2 S.A.
- Se declara procedente y con eficacia anticipada la solicitud de suspensión de obligaciones solicitada por la empresa concesionaria IIRSA Norte S.A.
- Se reconoce como inversión directa en mejoras, efectuadas por LAP en el AIJCH, el monto total de US$ 862,718.70, sin incluir IGV.
- Se reconoce como inversión directa en mejoras, efectuadas por LAP en el AIJCH, el monto total de US$ 1988,162.06, sin incluir IGV.
- Se declara procedente y con eficacia anticipada la solicitud de suspensión de obligaciones solicitada por la empresa concesionaria IIRSA Norte S.A.
- Se declara procedente y con eficacia anticipada la solicitud se suspensión de obligaciones solicitada por la empresa concesionaria IIRSA Norte S.A.
- Se declara procedente y con eficacia anticipada la solicitud de suspensión de obligaciones solicitada por la empresa concesionaria Convial Sierra Norte S.A. y el MTC, en su calidad de concedente, l...
- Se declara procedente y con eficacia anticipada la solicitud de suspensión de obligaciones solicitada por el empresa concesionaria IIRSA Norte S.A.
- Se declara procedente y con eficacia anticipada la solicitud de suspensión de obligaciones solicitada por la empresa Covinca y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de conced...
- Se declara procedente y con eficacia anticipada la solicitud de suspensión de obligaciones solicitada por la empresa concesionaria IIRSA Norte S.A.
- Se declara procedente parcialmente y con eficacia anticipada la solicitud de suspensión de obligaciones por la empresa concesionaria IIRSA Norte S.A.
- Se declara procedente y con eficacia anticipada la solicitud de suspensión de obligaciones solicitada por la empresa concesionaria IIRSA Norte S.A.