Actualizar Datos del RUC para Persona Jurídica
Dar de baja al RUC de persona jurídica
Debes realizar la baja de inscripción del RUC, cuando hayas concluido el proceso de cierre definitivo de tu empresa ante los registros públicos. Este trámite es gratuito. Con ello, la empresa dejará de estar inscrita como contribuyente en la SUNAT, esto evita que se sigan generando nuevas obligaciones tributarias para tu empresa.
La SUNAT podrá realizar la baja de oficio del registro RUC de la empresa, cuando vea que no registran actividades generadoras de obligaciones tributarias, o si pasaron doce meses desde la suspensión temporal de actividades, sin que se haya comunicado su reinicio. Si esto sucediera, se enviará una notificación por correo electrónico o vía telefónica. Además, la aprobación de la baja de RUC no elimina las obligaciones tributarias que la empresa tenga pendientes, ni libera a SUNAT de exigir su cumplimiento.
Antes de hacer este trámite, debes:
- Haber obtenido de Registros Públicos (SUNARP) el documento (Ficha o Partida) que acredite el cierre definitivo de tu empresa (sea por extinción, fusión o absorción), la cual deberás presentar ante la SUNAT para la baja de inscripción en el RUC.
- Dar de baja las series asignadas al número de RUC.
- Dar de baja los comprobantes de pago de la empresa.
- Cancelar la autorización de impresión de comprobantes de pago, si corresponde.
Requisitos
Si eres el titular del RUC, debes agregar:
- DNI original del representante legal o liquidador designado.
- Original de la Partida Registral de la empresa con el asiento de extinción añadido, en caso de cierre definitivo; o partida registral de la empresa absorbente, con el asiento de fusión añadido. Ambas son emitidas por SUNARP.
Si el trámite lo hace otra persona o tercero autorizado, debes agregar:
- DNI en original.
- Poder otorgado virtualmente por la clave SOL, o en su defecto carta poder firmada por el representante legal, o por el liquidador, según corresponda. Esta debe estar legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT. En la carta debe indicarse de modo expreso el trámite que se está autorizando a realizar.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 3 pasos:
1. Prepara la solicitud
Descarga y completa el Formulario 2135 (baja de inscripción al RUC) y el Formulario 2054, para solicitar(baja de representantes legales y personas vinculadas como los socios o accionistas por ejemplo). Complétalos y fírmalos si el representante legal o el liquidador, según sea el caso. Si eres el tercero autorizado, pídele al representante que complete y firme estos documentos que presentarás junto con el poder que te autoriza a realizar el trámite.
2. Acércate a un Centro de Servicios al Contribuyente
Dirígete a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente de SUNAT y solicita la baja de inscripción del RUC de la empresa que representas. Entrega ahí los formularios y los demás requisitos que correspondan.
3. Espera la confirmación de Baja en el RUC
Desde el momento en que presentas la solicitud de baja de RUC de persona jurídica, la SUNAT tiene un plazo de hasta 45 días hábiles para emitir la resolución respectiva. La notificación llegará al buzón electrónico de la Clave sOL de la empresa, o de forma física a tu domicilio fiscal.