Plataforma Nacional de Datos Abiertos (PNDA)

Sé parte de la iniciativa que impulsa la publicación de datos abiertos entre las entidades.

Datos abiertos
Datos abiertos 

Son datos gubernamentales, en formato digital, estandarizados, comparables, accesibles desde internet que tienen el potencial de ser útiles para crear aplicaciones, realizar investigación, analizar oportunidades de negocio, desarrollar la economía, ejercer el control ciudadano y diseñar política pública, sin comprometer el derecho a la protección de los datos personales de los ciudadanos. 
El formato más usado para su difusión es el CSV (Valores Separados por Coma).

El propietario original de este activo es el ciudadano, quien cede su información a las organizaciones del gobierno para recibir un valor agregado sobre ellos. Además, este valor depende del beneficio que se obtiene al utilizarlos para la toma de decisiones (del gobierno y del ciudadano).

Beneficios de los datos abiertos:

  • Estado más transparente y responsable.
  • Fortalece la vigilancia ciudadana y el Acceso a la Información Pública.
  • Apoya el desarrollo de políticas públicas, tomas de decisiones e intervenciones territoriales basadas en datos. 
  • Mejora los servicios públicos mediante la colaboración de ciudadanos, organizaciones de la sociedad civil y del sector privado, quienes podrán monitorear el impacto de los programas públicos.
  • Mejora eficiencia gubernamental siguiendo el uso de los recursos públicos, mostrando dónde se gastan.
  • Aumenta la confianza de la ciudadanía en el Estado.
  • Fomenta la innovación de los ciudadanos, funcionarios de gobierno e instituciones privadas.
  • Impulsa la economía apoyando la creación de nuevos mercados, empresas y empleo. 
  • Aporta en la lucha contra la corrupción. 
  • Aborda las desigualdades y las discriminaciones identificando desafíos.
  • Mejora la gobernanza de los recursos naturales, fomentando el desarrollo sostenible y abordando el cambio climático, así como aumentando la concientización sobre el modo en el cual se usan estos recursos.
  •  La empresa privada también puede publicarlos, de acuerdo al Decreto Supremo 157-2021-PCM.

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