Central de Compras Públicas

Entidad adscrita a Ministerio de Economía y Finanzas.

Información institucional

¿Qué hacemos?

Promovemos y desarrollamos herramientas facilitadoras de compra y modalidades de contratación eficientes para las entidades del Estado, ágiles, transparentes e innovadoras, que contribuyen al bienestar, la competitividad y el desarrollo sostenible del país, en concordancia con la Ley N.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento.

La Central de Compras Públicas (Perú Compras) ejerce funciones a partir del 18 de marzo de 2016.

Visión del sector

Sector que impulsa el crecimiento económico sostenido que contribuye a una mejor calidad de vida de los peruanos, garantizando una política fiscal responsable y transparente, en el marco de la estabilidad macroeconómica.

Funciones

  1. Promover, conducir y efectuar, según corresponda, la estandarización de los requerimientos del Estado, así como gestionar el listado de fichas técnicas, y determinar sus características;
  2. Administrar, diseñar, desarrollar, gestionar e integrar datos, y evaluar el desempeño de las herramientas digitales a su cargo, las cuales forman parte de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop);
  3. Diseñar, formular, aprobar, y difundir directivas y lineamientos en materias de su competencia y respecto de las herramientas digitales que administra, así como herramientas de gestión para el cumplimiento de sus funciones;
  4. Diseñar y desarrollar indicadores que midan la eficiencia de las modalidades de contratación a su cargo;
  5. Promover, conducir y gestionar los procedimientos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes;
  6. Promover, conducir y gestionar compras corporativas y compras centralizadas;
  7. Conducir y gestionar compras centralizadas de emergencia;
  8. Realizar contrataciones por encargo a favor de otras entidades contratantes;
  9. Orientar a las entidades contratantes en las materias de su competencia; y,
  10. Las demás funciones inherentes al ámbito de su competencia o aquellas que le correspondan por norma expresa.