Decreto Supremo
- Modifican tasas de Derechos Ad Valorem CIF de diversas subpartidas nacionales establecidas en el D.S. Nº 239-2001-EF.
- Dictan disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el ámbito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en el ámbito de servicios, de la OMC.
- Modificación del Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 147-2005-EF.
- Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005.
- Aprueban operación de administración de deuda pública con Japan Peru Oil Co., Ltd.- JAPECO.
- Autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas realizar el pago del servicio de la deuda externa previsto en el Presupuesto del Sector Público, aprobado por Ley Nº 28427.
- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005.
- Sustituyen artículo del D.S. N° 100-2000-EF referente al Proceso de Reclamo sobre determinación de saldos de prestatarios beneficiarios de proyectos financiados con recursos del FONAVI.
- Aprueban Operación de endeudamiento externo con el BIRF.
- Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005.
- Modifican D.S. N°103-2004-EF mediante el cual se dictaron normas reglamentarias de la Cuarta Disposición Transitoria y Final de D. Leg. N° 952 sobre devolución de Impuestos.
- Autorizan Crédito Suplementario a favor de la PCM.
- Modifican el D.S. N° 127-2003-EF que aprobó el Reglamento de la Ley de la Actividad Empresarial de la Industria Azucarera.
- Aprueban el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado.
- Normas Reglamentarias para la aplicación del Numeral 8.2 del Artículo 8 de la Ley N° 28583, lEY DE Reactivación y Promoción de la Marina Mercante Nacional.
- Modifican el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios.
- Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio del Interior.
- Establecen montos que OSINERG, OSIPTEL, OSITRAN y SUNASS deben efectuar como transferencias financieras a que se refiere la Segunda Disposición Transitoria de la Ley N° 28425.
- Autorizan Transferencia de Partidas a favor de las Universidades Públicas y del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP PAITA.
- Reglamentan delegación de funciones de administración del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530.
- Normas Complementarias para la aplicación del Título IV de la Ley Nº 28525, Ley de Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo.
- Modifican el Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.
- Modifican el D.S. Nº 194-2004-EF, que autorizó pago fraccionado de derechos arancelarios e IGV que afecten importación de vehículos destinados al transporte terrestre.
- Dictan Normas que regulan las solicitudes del reintegro tributario del IGV en el Departamento de San Martín.
- Disponen transferencias parciales de activos de saldo resultante del FONAVI en liquidación de la UTE-FONAVI al Fondo MIVIVIENDA y aprueban procedimiento para actualización del valor de realización.