Integridad institucional del Minedu

Normas legales

El Ministerio de Educación impulsa la creación de normativas para promover una cultura de integridad donde los servidores desempeñen el correcto ejercicio de la función pública. Estas se detallan a continuación:

  • Código de Ética y Conducta: Guía de orientación del comportamiento de los/las servidores civiles en el ejercicio de sus funciones, desde un enfoque preventivo.
  • Directiva de Atención de Denuncias: Directiva General para normar la atención de denuncias por presuntos actos de corrupción en el Ministerio de Educación.

Sobre "Protección al denunciante":

  • Decreto Legislativo N.° 1327: Que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
  • Decreto Supremo N.° 010-2017-JUS: Que aprueba el reglamento del Decreto Legislativo N.°.o1327, el cual establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.
  • Decreto Supremo N.° 002-2020-JUS: Que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N.°.o1327, el cual establece medidas de protección al denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.

Sobre “Conflicto de intereses”:

  • Ley N.°31227: Transfiere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fiscalización y sanción respecto a la Declaración Jurada de Intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos.
  • Resolución de Contraloría N.° 158-2021-CG: Aprueba el «Reglamento para implementar la Ley N.° 31227 respecto a la recepción, el ejercicio del control, fiscalización y sanción de la Declaración Jurada de Intereses de autoridades, funcionarios y servidores públicos del Estado, y candidatos a cargos públicos».
  • Resolución de Contraloría N.° 162-2021-CG : Publicación en el Diario Oficial El Peruano del Reglamento aprobado por Resolución de Contraloría N.° 158-2021-CG, «Reglamento para implementar la Ley N.° 31227 respecto a la recepción, el ejercicio de control, fiscalización y sanción de la Declaración Jurada de Intereses de autoridades, funcionarios y servidores públicos del Estado, y candidatos a cargos públicos».
  • Ley N.° 31564: “Ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal del servicio público”.

Sobre “Gestión de riesgos”:

Sobre “Metodología del ICP”

  • Resolución de Secretaría de Integridad Pública N.° 005-2024-PCM/SIP: Aprueba la Metodología de determinación del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción (ICP) y establece los criterios para la definición del listado de entidades a ser evaluadas y el cronograma del proceso de evaluación del ICP. Además, aprueba las “Guías de evaluación del Modelo de Integridad en las etapas N.° 1, 2 y 3”.