Resolución de Superintendencia
- Aprobar la destrucción de los productos pirotécnicos detallados en la parte considerativa de la presente resolución.
- Aprobar la destrucción de los productos pirotécnicos detallados en la parte considerativa de la presente resolución.
- Declarar infundada la queja por defecto de tramitación presentada por la empresa CORPORACIÓN RUMI SUMAQ S.A.C.
- Declarar desestimado el recurso de apelación interpuesto por la empresa CORPORACION PRIVADA DE SEGURIDAD LOS HALCONES S.A.C.
- Declarar desestimado el recurso de apelación interpuesto por el señor JAVIER ALEXANDER MORALES ROQUE.
- Declarar desestimado el recurso de apelación interpuesto por el señor RICHARD NIXON CARPIO MARTINEZ.
- - Declarar infundada la queja por defecto de tramitación presentada por la empresa EL QUINTO SAUCE S.A.C.
- - Aprobar la destrucción de los productos pirotécnicos detallados en la parte considerativa de la presente resolución.
- Aprobar la destrucción de los productos pirotécnicos detallados en la parte considerativa de la presente resolución.
- Declarar infundada la queja por defecto de tramitación presentada por el señor GUILLERMO ALEXANDER MORRIS PALO.
- Declarar infundada la queja por defecto de tramitación presentada por la empresa PERÚ PYRO S.A.C.
- Declarar infundada la queja por defecto de tramitación presentada por la empresa LAS BRAVAS N° 2 DE ICA.
- - Declarar desestimado el recurso de apelación interpuesto por el señor ROLANDO TORRES SULLCA.
- Aprobar la destrucción de los productos pirotécnicos detallados en la parte considerativa de la presente resolución.
- Aprobar la destrucción de los productos pirotécnicos detallados en la parte considerativa de la presente resolución.
- Aprobar la destrucción de los productos pirotécnicos detallados en la parte considerativa de la presente resolución.
- Aprobar la destrucción de los productos pirotécnicos detallados en la parte considerativa de la presente resolución.
- Modificar el anexo de la Resolución de Superintendencia N° 770-2017- SUCAMEC de fecha 22 de agosto de 2017, a fin de excluir de dicho listado las siguientes armas de fuego:
- Aprobar la destrucción de los productos pirotécnicos detallados en la parte considerativa de la presente resolución.
- Resolución de superintendencia que deja sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 146-2023-SUCAMEC de fecha 19 de enero de 2023. Asimismo, modifica el artículo 1 de la Resolución de Superint...
- Autorizar que la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil y la Jefatura Zonal de Junín, en coordinación con la Gerencia de Control y Fiscalización, en el marco de sus competenc...
- Dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 146-2023-SUCAMEC de fecha 19 de enero de 2023, a través de la cual se modificó el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001-2023-S...
- Declarar infundada la queja por defecto de tramitación presentada por la empresa OBRASCON HUARTE LAIN S.A. SUCURSAL DEL PERÚ
- Declarar infundada la queja por defecto de tramitación presentada por el señor JOSEY ALONSO HERRERA PAREDES.
- - Declarar infundada la queja por defecto de tramitación presentada por la empresa MINERA ARTESANAL SAN LUIS S.A.