Solicitar la nacionalidad peruana por naturalización

Si eres un(a) persona extranjera mayor de 18 años y tienes un mínimo de 2 años consecutivos de residencia legal en el país, puedes solicitar la nacionalidad peruana por naturalización, según tu calidad migratoria, a la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones).

El título de nacionalidad por naturalización te permitirá realizar trámites ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Condiciones

Requisitos

  • Formulario PA - NACIONALIDAD
  • Número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite
  • Copia simple del pasaporte del solicitante.
  • Presentar la declaración jurada de estado de salud (*) Verificar el contenido de la NOTA, domicilio real en el país, de carecer antecedentes penales, judiciales y policiales en el Perú y en el extranjero.
  • Acreditar solvencia económica mínima de 10 UIT o S/ 51,500.00 de renta bruta anual de acuerdo a su calidad migratoria que le permita vivir independientemente, sin afectar el orden público, orden interno y seguridad nacional. En el caso de religiosos se debe presentar declaración jurada de sustento económico.
  • Ficha de Canje Internacional emitida por la OCN INTERPOL Lima de la Policía Nacional del Perú, con fecha de expedición no mayor a seis (6) meses (*) Verificar el contenido de la NOTA.
  • Partida o acta de nacimiento legalizada o apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o las oficinas consulares del Perú.

Además, debes agregar los siguientes documentos según tu calidad migratoria vigente:

En el caso de religioso:

  • Solicitud de la entidad religiosa reconocida por el Estado peruano a la que real y efectivamente vienes a integrarte, suscrita por su representante legal, precisando tus nombres y apellidos como beneficiario y el tiempo que permanecerás en el país.
  • Declaración jurada del representante legal de la entidad religiosa, consignando sus nombres y apellidos, así como el número de asiento y partida registral en el que constan las facultades de representación; o documento emitido por la autoridad competente que acredite que cuenta con dichas facultades.

En el caso de trabajador dependiente:

  • Copia simple del contrato de trabajo aprobado por la autoridad administrativa de trabajo, por un período de un (1) año como mínimo, contabilizado a partir de la presentación del expediente, con excepción de los casos comprendidos en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 689, su Reglamento y el Decreto Supremo N° 023-2001-TR y sus modificatorias.
  • En caso de relación administrativa, presenta tu contrato de trabajo en copia simple, especificando el tiempo de vínculo laboral por un período de 1 año como mínimo, contabilizado a partir de la presentación de la solicitud, con excepción de los casos comprendidos en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 689, Ley de contratación de extranjeros, su Reglamento y sus modificatorias.
  • En caso de relación administrativa que no implique la celebración de un contrato de trabajo, presenta una copia de la resolución administrativa que acredite el vínculo laboral, especificando el tiempo de trabajo, por un período de un (1) año como mínimo, contabilizado a partir de la presentación de la solicitud.
  • Copia simple de las tres (3) últimas boletas de pago emitidas durante los 3 meses anteriores a la presentación de la solicitud.
  • Copia simple del certificado de rentas y retenciones de quinta categoría del ejercicio fiscal anterior. La entidad contratante debe contar con RUC activo y habido ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
  • En caso que el contratante sea una persona jurídica, el solicitante debe presentar la Declaración jurada del representante legal del contratante, consignando sus nombres y apellidos. Asimismo, si la persona que suscribe el contrato tiene un cargo distinto al de gerente general, debe indicar el número de asiento y partida registral donde se precise que cuenta con facultades vigentes para contratar personal.

En el caso de inversionista:

  • Copia simple de la inscripción de constitución o del aumento de capital de la empresa en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), donde se acredite una inversión igual o superior a lo establecido por acto administrativo de Migraciones.
  • Número de la licencia de funcionamiento, así como el nombre de la municipalidad que la expidió.
  • Copia simple de la constancia de presentación y pago de la última declaración jurada anual del impuesto a la renta de la empresa y las declaraciones de impuestos de renta de los 3 últimos meses. El RUC de la empresa debe encontrarse activo y habido ante la Sunat.
  • Copia simple de la constancia de presentación y pago emitida por la Sunat de encontrarse al día en el pago de los tributos, pago del impuesto a la renta de quinta categoría de sus trabajadores y sus aportes al Seguro Social de Salud (EsSalud).
  • Copia simple del certificado de rentas y retenciones de tercera categoría del ejercicio fiscal anterior. En caso de desempeñarte como gerente o director de la empresa, puedes presentar el certificado de retenciones de quinta categoría del ejercicio fiscal anterior.

En el caso de trabajador independiente:

  • Copia simple de la declaración jurada y constancia del pago del último impuesto anual a la Renta y Certificado de Retención a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT. La entidad contratante debe figurar como activa y habida ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT.
  • Copia simple del contrato de prestación de servicios, con una vigencia mínima de un (1) año, contabilizado a partir de la presentación de la solicitud.
    • En caso de que el contratante sea una persona jurídica, presenta la declaración jurada del representante legal de la empresa, consignando sus nombres y apellidos.
    • En caso de que la persona que suscribe el contrato tenga un cargo distinto al de gerente general, indica el número de asiento y partida registral donde se precise que cuenta con facultades vigentes para contratar personal.
  • Copia simple de los tres (3) últimos recibos por honorarios emitidos en los tres (3) meses previos a la presentación de la solicitud.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Paga la suma de S/ 301.50 con el código 07564 en una agencia del Banco de la Nación, o en la web pagalo.pe

Ingresa a la Agencia Digital de Migraciones con tus datos personales y haz clic en Verificar. Una vez dentro, selecciona Mesa de Partes, adjunta en PDF todos los documentos requeridos según tu calidad migratoria y completa el registro.

En un plazo máximo de 30 días hábiles, la entidad te enviará la resolución de tu solicitud al correo electrónico registrado. Este plazo queda suspendido en las etapas descritas por el artículo 10° del Decreto Supremo N° 004-97-IN (incorporado por el artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2021-IN, publicado el 24 de marzo de 2021).

Si tu solicitud es aprobada, la entidad se pondrá en contacto contigo para comunicarte fecha, hora y lugar de entrega de tu título de nacionalidad. Mediante ceremonia especial de nacionalización, tomarás juramento y se te hará entrega del título de nacionalidad para que, posteriormente, lo lleves al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y obtengas tu DNI.

Solicita la nacionalidad

Importante
  • De acuerdo con la Resolución N° 0382-2022-SEL-INDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de enero de 2023, se declara barrera burocrática ilegal: la Ficha de Canje Internacional (Interpol) en los trámites de nacionalización por naturalización, no resultando exigible desde el día siguiente de su publicación.
  • De acuerdo con la Resolución N° 0254-2023-SEL-INDECOPI, ampliada por la Resolución N° 0370-2023-SEL-INDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de agosto de 2023, se declara barreras burocráticas ilegales los siguientes requisitos: el cobro de derecho de trámite por el monto de S/. 530.60 y la declaración jurada de estado de salud, no resultando exigibles desde el día siguiente de su publicación.
  • Mediante Decreto Supremo N° 008-2023-IN, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22.10.2023, se aprueba el nuevo TUPA de MIGRACIONES, que rige desde el 23.10.2023, el cual establece nuevo monto por derecho de tramitación en el procedimiento de obtención de la nacionalidad peruana por naturalización ( S/ 301.50 ), respecto del cual no recae un mandato de inaplicación, por lo que su pago resulta exigible.