Beneficios para el registro de tu marca

Exoneración del 50 % en el pago para el registro de marcas en zonas declaradas en emergencia.

50% menos en el pago de tu tasa de registro de marca
¿Cuál es el objetivo?
A través de Decreto Supremo nº 029-2024-PCM, se busca contribuir a la reactivación económica de las mypes que domicilien o que su actividad económica se desarrolle en el ámbito geográfico de las zonas declaradas en emergencia por las intensas precipitaciones pluviales, a fin de que estas no posterguen su decisión de solicitar el registro de sus marcas.

¿Cuánto tienes que pagar?
El monto a pagar será S/ 267.50 soles equivalente al 50 % de la tasa regular que es S/ 534.99. Podrán acceder una única vez, en una sola clase. Esta exoneración no es acumulable con el descuento del 25 % de la tasa de registro de marcas para las mypes aprobado por la Ley n.º 31724, en abril de 2023.

¿Hasta cuándo rige este beneficio?
Está vigente desde el 17 de marzo de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.
 
 ¿Cuáles son los requisitos?
1. Contar con RUC activo y habido.
 2. Contar con certificado de inscripción o de reinscripción vigente en REMYPE.
3. Que la actividad económica desarrollada o el domicilio inscrito ante la SUNAT se encuentre dentro del ámbito geográfico de alguna de las zonas declaradas en estado de emergencia, a partir del 2023 o a la fecha de presentación de la solicitud del registro de marca correspondiente.
4. Haber accedido a alguno de los programas o fondos ofrecidos por el Estado o haber sido beneficiadas con alguno de los bonos ofrecidos por alguna de las entidades públicas.
5. Haber sido orientadas y asistidas por la Plataforma de Asesoría Virtual de Marcas o por quienes tengan a cargo esta labor.

¿Cuáles son las zonas declaradas en emergencia?
Descargar el siguiente archivo Excel.
 
 

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