Marca de Certificación Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer
Etapas del Procedimiento
El procedimiento para la obtención de la Licencia de Uso de Marca de Certificación comprende cuatro (4) etapas:
- Convocatoria
- Inscripción y presentación del expediente de postulación
- Evaluación y publicación de los resultados cancelatorios.
- Otorgamiento de la licencia mediante Resolución Ministerial.
6.1 Etapa 1: Convocatoria
La convocatoria es publicada en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y, específicamente, en la página sobre la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”. Asimismo, se publican las Bases de la VII Edición y el cronograma de postulación para las personas jurídicas, públicas y privadas a nivel nacional.
6.2 Etapa 2: Inscripción y presentación del expediente de postulación
6.2.1. Indicaciones para postular
- Registrarse en línea (Ficha de inscripción digital): Iniciar el registro en línea completando la información correspondiente a la persona jurídica postulante. A través de la Consulta RUC, el sistema verificará automáticamente los datos de la persona jurídica.
- Adjuntar la Declaración Jurada de cumplimiento de los requisitos para la postulación: Presentar la Declaración Jurada (Anexo N° 01), que deberá ser completada y firmada por el/la representante legal de la persona jurídica, quien deberá incluir su huella digital. Una vez firmada, la Declaración Jurada deberá guardarse en formato PDF y adjuntarse en la Plataforma Digital de Postulación para culminar el registro en línea.
- Presentación del expediente completo de postulación, incluyendo los medios de verificación: El expediente deberá contener los medios de verificación que respalden la veracidad de la información declarada y el cumplimiento de los cuatro (4) criterios y quince (15) subcriterios, conforme a la rúbrica de evaluación (Anexo N° 02: Matriz de criterios, subcriterios, medios de verificación y puntaje).
- La postulación supone la aceptación plena de los términos y condiciones establecidos en las Bases de la convocatoria, así como de lo dispuesto en el Reglamento que regula la obtención, uso y funcionamiento de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 336-2022-MIMP.
6.2.2. Requisitos para postular
Se deberá revisar los requisitos para la postulación de acuerdo con lo indicado el Reglamento que regula la obtención, uso y funcionamiento de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”.
- Estar activa y habilitada en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
- No haber incurrido en evasiones y/o elusiones tributarias.
- Estar habilitada para contratar con el Estado.
- No contar con sentencias judiciales firmes o consentidas, en materia laboral, por un periodo de 12 meses previos a la fecha de la convocatoria.
- Los/Las miembros de su directorio, socios/as y gerente/a general de la persona jurídica, pública o privada, no estén sentenciados/as o incursos en investigación fiscal o proceso judicial, por los delitos de corrupción de funcionarios/as, contra la administración pública y/o delitos ambientales.
- Los/Las miembros del directorio, socios/as y gerente/a general de la persona jurídica, pública o privada, no estén sentenciados/as o incursos en investigación fiscal o proceso judicial por delito contra la libertad sexual o por haber incurrido en actos de violencia de género.
- Los/Las miembros del directorio, socios/as y gerente/a general de la persona jurídica, pública o privada, no estén sancionados/as administrativamente por hostigamiento sexual en el ámbito laboral o actos de violencia de género.
- Los/Las miembros del directorio, socios/as y gerente/a general de la persona jurídica, pública o privada, no se encuentren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Poder Judicial (REDAM).
- Los/Las miembros del directorio, socios/as y gerente/a general de la persona jurídica, pública o privada, no presenten información de omisiones tributarias reportadas a Centrales de Riesgo.
- Cuando la persona jurídica privada no se encuentra conformada por un directorio, socios/as y gerente/a general, los literales e), f), g), h) y i) son de aplicación para los/as representantes legales de las personas jurídicas privadas constituidas en el marco de la Ley 26887, Ley General de Sociedades, según corresponda.
De cumplir con los requisitos arriba enlistados, se deberá presentar una Declaración Jurada (Anexo N°1) en la que se exprese bajo juramento el cumplimiento de estos, sin perjuicio de las coordinaciones que el Titular de la Marca de Certificación pueda realizar con otras entidades para la confirmar la veracidad de la información.
6.2.3. Sobre los medios de verificación que se deben presentar en el expediente
- El expediente de postulación debe incluir los medios de verificación que respaldan la veracidad de la información de acuerdo con los estándares de calidad: criterios y subcriterios de evaluación (Anexo N° 02: Matriz de criterios, subcriterios, medios de verificación y puntaje).
- Los medios de verificación pueden ser: reglamentos, protocolos, documentación interna, medios audiovisuales, instrumentos de gestión, actas, registros, entre otros medios oficiales de la persona jurídica o privada.
- Los medios de verificación deberán presentarse debidamente visados por su representante legal y tener una antigüedad no menor a seis (06) meses antes del inicio de la convocatoria.
- Una vez presentado el expediente, no será posible incorporar documentación adicional.
6.3 Etapa 3: Evaluación
La evaluación es la verificación de los criterios de exclusión, así como del cumplimiento de las Bases y los estándares de calidad (criterios y subcriterios de evaluación) que efectúa la Dirección de Políticas para una Vida Libre de Violencia. En base a ello, se califican los expedientes de postulación en las sub etapas de revisión documental y verificación de cumplimiento de criterios y subcriterios de evaluación, para elevar los Informes Técnicos de Evaluación a la Dirección General Contra la Violencia de Género con la recomendación de los resultados cancelatorios de cada sub etapa, así como la recomendación de los resultados finales, en las categorías de oro, plata y bronce, de acuerdo al puntaje adquirido.
Es importante recordar que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su condición de Titular de la Marca de Certificación, puede realizar coordinaciones con otras entidades para confirmar la veracidad de la información presentada y el contenido en las declaraciones juradas.