Preguntas frecuentes de los planes de seguros SIS
Preguntas frecuentes SIS Microempresas
1. ¿Soy trabajador de una microempresa, ¿Cómo me afilio al SIS?
La afiliación será realizada por el conductor o representante de la microempresa donde trabajas. Tú, como trabajador de una microempresa, no puedes inscribirte individualmente.
Para la inscripción, lo primero que debe hacer el conductor o representante es acceder al portal de REMYPE del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, donde deberá registrar los datos para inscribir a la microempresa, así como los datos personales y la información requerida de todos los trabajadores y sus derechohabientes (hijos menores de 18 años y cónyuge o conviviente) para la afiliación al SIS.
2. ¿Cómo y dónde se pagará la cuota mensual de mi seguro?
Una vez registrados tanto los datos de la microempresa, sus trabajadores y familiares en el REMYPE, el conductor o representante de la microempresa recibirá del SIS, a través de su correo electrónico, el nombre de usuario y contraseña para ingresar al portal SIS, en donde encontrará el registro de las cuotas mensuales pendientes de pago por cada trabajador. Los pagos se pueden realizar presencialmente en una agencia del Banco de la Nación o a través de la plataforma virtual Págalo.pe.
3. ¿Qué significan los períodos de carencia y de latencia?
- El período de carencia es el lapso de tiempo en el cual no se cuenta con la cobertura total del seguro, a pesar de haber realizado el pago correspondiente.
- El período de latencia es el lapso de tiempo en el que se cuenta con la cobertura ofrecida por el seguro después de finalizado el contrato.
4. ¿Las emergencias tienen período de carencia?
No, si se te presentara alguna condición de emergencia que esté cubierta por el seguro, puedes acudir de inmediato a cualquier establecimiento de salud del MINSA.
5. Si dejo de trabajar, ¿Aún puedo mantener mi seguro SIS?
Sí. Si dejas de laborar podrás mantener tu cobertura de salud a través de la activación del periodo de latencia (a partir de 3 meses de haber laborado) el mismo que debe solicitarse de la siguiente manera:
- El asegurado titular debe presentar a la Unidad Desconcentrada Regional (UDR) de su jurisdicción una solicitud (original y copia) requiriendo su derecho de cobertura por desempleo, teniendo en cuenta que la afiliación deberá estar con pago vigente a la fecha de la solicitud.
- La UDR verificará y evaluará la solicitud, aprobándola o denegándola, según el reporte generado por el sistema de información.
- El periodo de latencia se iniciará un (1) día después del vencimiento de la fecha del último pago, y será hasta por un periodo de tres (3) meses, según corresponda.
6. ¿Cuánto tiempo durará mi período de latencia?
Según los pagos realizados, los períodos de latencia serán los siguientes:
- De 3 a 5 aportaciones continuas: 1 mes de latencia.
- De 6 a 8 aportaciones continuas: 2 meses continuos de latencia.
- De 9 a más aportaciones continuas: 3 meses continuos de latencia.
7. ¿En qué establecimiento de salud puedo atenderme?
El SIS asignará el establecimiento de salud donde debe atenderse el asegurado, de acuerdo al domicilio declarado en REMYPE.
8. ¿Qué documentos debo presentar para poder atenderme?
Debes presentar tu Documento Nacional de Identidad (DNI o CE)
9. Si deseo atenderme en un centro de salud distinto al que me fue asignado, ¿Qué debo hacer?
El SIS asignará el centro de salud que te corresponde de acuerdo al domicilio declarado en el REMYPE, acorde a lo consignado en el RENIEC. Si cambias de domicilio el trámite para cambiar de centro salud lo deberás realizar a través de la UDR del SIS que corresponda a tu nuevo domicilio.
10. Trabajo en provincia, ¿También puedo inscribirme al SIS?
Sí, esta norma es válida para todos los trabajadores de las microempresas a nivel nacional.
11. Tengo un hijo mayor de edad que tiene incapacidad absoluta. ¿También puede estar inscrito dentro de mi seguro familiar?
Sí. Los hijos mayores de edad que presentan incapacidad absoluta para el trabajo están considerados dentro del seguro familiar.
Para inscribirlo debes presentar un documento a la UDR, donde solicitarás su incorporación como asegurado. Para lo cual debes adjuntar el Informe de la Comisión Evaluadora de hijos mayores de 18 años que lo otorga ESSALUD, o de otra acreditada por el Ministerio de Salud. El SIS realizará las verificaciones correspondientes.
12. Si cambio de trabajo, ¿Qué debo hacer para continuar con el seguro SIS?
Para que puedas mantener la cobertura de salud, habiendo dejado de laborar en una microempresa e iniciado actividad en otra, debes tener en cuenta tres condiciones:
• No haber activado el periodo de latencia.
• El REMYPE deberá haber enviado al SIS los datos del trabajador y del nuevo empleador.
• Debe haber continuidad entre la última cuota pagada por el anterior empleador y la primera del nuevo empleador.
13. ¿Cómo puedo saber si los pagos de mi seguro están al día?
El SIS, a través de su página web, ha implementado el módulo de consultas en línea para asegurados y trabajadores de microempresas al cual puede acceder y verificar los aportes realizados por su empleador. Ingresa aquí para conocer el estado de los aportes.
14. ¿Por qué motivos puedo perder mi seguro?
- Si la microempresa donde trabajas no ha efectuado el pago hasta por tres cuotas consecutivas o al vencimiento del periodo de latencia, en dicho caso se te dará de baja de manera automática.
- Si el conductor o representante de la microempresa no ha efectuado el pago hasta la fecha de vencimiento correspondiente, no podrás acceder a la cobertura de salud.
- Por contar con derecho a otro seguro de Salud de acuerdo a la información remitida por la Superintendencia Nacional de Salud –SUSALUD.
15. ¿Qué beneficios tienen los afiliados de una Microempresa?
- El SIS cubre las atenciones de las enfermedades comprendidas en el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) del Ministerio de Salud.
- Beneficio de sepelio S/ 1,000.00
16. ¿Qué enfermedades no me cubre este tipo de seguro?
Exclusiones:
- Todos los diagnósticos y condiciones que no se encuentran en el PEAS (D.S. 016-2009-S.A.)
- Atenciones con financiamiento de otras fuentes como el SOAT, entre otras.
- Atenciones fuera del territorio nacional.
- Condiciones no detalladas en la lista de la cobertura.
- Procedimientos que no contribuya a la recuperación o rehabilitación del paciente, de naturaleza cosmética o estética.
- Intento de suicidio y/o lesiones auto infligidas.
- Accidentes sufridos en estado de embriaguez o drogadicción.
- Exoprótesis y/o zapatos ortopédicos y prótesis no quirúrgicas, así como frenillos, aparatos auditivos, equipos mecánicos o electrónicos u otros.
- Lesiones o secuelas derivadas de accidentes de trabajo y accidentes de tránsito.
- Enfermedades profesionales y sus secuelas o complicaciones.
- Lesiones o secuelas derivadas de accidentes ocasionados por la práctica de deportes de alto riesgo.
- Trasplante de órganos y tejidos.
- Tratamiento por fertilización o esterilidad
- Tratamiento quirúrgico por obesidad.
- Atenciones de inmunización (vacunación) no incluidas en el Programa Nacional de Inmunización del Ministerio de Salud (MINSA).
- Atenciones fuera del territorio nacional.
17. ¿Dónde puedo encontrar las direcciones de los centros de atención del SIS a nivel nacional?
Ingresa aquí para conocer los centros de atención al asegurado SIS.
Modalidad: Online
Canales de Atención SIS
- Línea Gratuita a nivel nacional: 113 opción 4 las 24 horas del día todo el año.
- Trámites administratvio 514-5555 | Horario de Atención Lunes - Viernes 08:00 - 17:00 horas.
- WhatsApp SIS 941 986 682
- Correo electrónico: sis@sis.gob.pe