Actualizar Datos del RUC para Persona Jurídica

Dar de baja a Establecimientos Anexos

Es el proceso para declarar la baja de registro de los establecimientos anexos, donde realizabas tus actividades; es decir que ya no estarán activos. Este trámite debes hacerlo dentro de los cinco (5) días siguientes de producido el hecho.

Todo contribuyente que realice actividades comerciales en más de un establecimiento deberá declararlos y mantenerlos actualizados en el RUC.

Requisitos

  • RUC
  • Usuario y clave SOL.
  • Formulario N° 2046 Establecimientos Anexos.
  • Si eres un tercero: debes tener la autorización de Sunat. Ingresa al sistema con tu usuario y clave. Accede a Otras declaraciones y Solicitudes, Autorización de Trámites a Realizar por Terceros y Registro de Autorizaciones.

Modalidad: Online

Hazlo online:

Accede a SUNAT Operaciones en Línea, ubica la opción Mi RUC y Otros Registros, luego Actualizo Información de mi RUC. Ingresa al formulario Virtual N° 3128 – "Modificación de Datos del RUC", seleccciona "Establecimientos Anexos" y haz las actualizaciones necesarias.

Además de dar de baja a los establecimientos, debes eliminar los comprobantes asociados al Establecimiento Anexo y también las series de comprobantes de pago asociadas al establecimiento anexo que deseas dar de baja.

Dar de baja a establecimientos anexos

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Hazlo en 1 paso:

1. Acércate a SUNAT

Dirígete a los Centros de Servicios al Contribuyente más cercano o a los Centros MAC Lima Norte, MAC Callao, MAC Ventanilla y MAC Piura y solicita la baja de Establecimientos Anexos.

Recuerda que si decides hacer el trámite presencial, recibirás una asesoría en las cabinas de internet de Sunat para hacer el trámite de forma online.