Solicitar la nacionalidad peruana por naturalización
Si eres un ciudadano extranjero mayor de 18 años y tienes un mínimo de 2 años consecutivos de residencia legal en el país, puedes solicitar la nacionalidad peruana por naturalización, según tu calidad migratoria, a la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones).
El título de nacionalidad por naturalización te permitirá realizar trámites ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
Condiciones
- Debes tener tu carnet de extranjería o carnet de identidad actualizado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con residencia vigente.
- Debes residir legalmente en el territorio nacional por lo menos 2 años consecutivos a la presentación del expediente. Para ello, ten en consideración lo señalado en el artículo 63 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1350, salvo que cuentes con la autorización de estadía fuera del país otorgada por Migraciones, de acuerdo con lo establecido en los literales b y c del numeral 67.2 del artículo 67 del Reglamento.
- Debes aprobar el examen de evaluación y mantener las condiciones y requisitos necesarios durante el trámite.
Requisitos
- Formulario de solicitud de nacionalización completo y firmado.
- Copia simple del pasaporte vigente del solicitante.
- Partida o acta de nacimiento legalizada o apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o las oficinas consulares del Perú.
- Documento que acredite solvencia económica mínima de 10 UIT o S/ 49,500.00 de renta bruta anual que te permita vivir independientemente, sin afectar el orden público, orden interno y seguridad nacional. En el caso de religiosos, presentar declaración jurada de sustento económico.
Además, agrega los siguientes documentos según tu calidad migratoria vigente:
Si tienes calidad migratoria de religioso:
- Solicitud de la entidad religiosa reconocida por el Estado peruano a la que real y efectivamente vienes a integrarte, suscrita por su representante legal, precisando tus nombres y apellidos como beneficiario y el tiempo que permanecerás en el país.
- Declaración jurada del representante legal de la entidad religiosa, consignando sus nombres y apellidos, así como el número de asiento y partida registral en el que constan las facultades de representación; o documento emitido por la autoridad competente que acredite que cuenta con dichas facultades.
Si tienes calidad migratoria de trabajador dependiente:
- En caso de relación administrativa, presenta tu contrato de trabajo en copia simple, especificando el tiempo de vínculo laboral por un período de 1 año como mínimo, contabilizado a partir de la presentación de la solicitud, con excepción de los casos comprendidos en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 689, Ley de contratación de extranjeros, su Reglamento y sus modificatorias.
- En caso de relación administrativa que no implique la celebración de un contrato de trabajo, presenta una copia de la resolución administrativa que acredite el vínculo laboral, especificando el tiempo de trabajo, por un período de 1 año como mínimo, contabilizado a partir de la presentación de la solicitud.
- Copia simple de las 3 últimas boletas de pago emitidas durante los 3 meses anteriores a la presentación de la solicitud.
- Copia simple del certificado de rentas y retenciones de quinta categoría del ejercicio fiscal anterior. La entidad contratante debe contar con RUC activo y habido ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
- Declaración jurada del representante legal del contratante, consignando sus nombres y apellidos. Asimismo, si la persona que suscribe el contrato tiene un cargo distinto al de gerente general, debe indicar el número de asiento y partida registral donde se precise que cuenta con facultades vigentes para contratar personal.
Si tienes calidad migratoria de inversionista:
- Copia simple de la inscripción de constitución o del aumento de capital de la empresa en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), donde se acredite una inversión igual o superior a lo establecido por acto administrativo de Migraciones.
- Número de la licencia de funcionamiento, así como el nombre de la municipalidad que la expidió.
- Copia simple de la constancia de presentación y pago de la última declaración jurada anual del impuesto a la renta de la empresa y las declaraciones de impuestos de renta de los 3 últimos meses. El RUC de la empresa debe encontrarse activo y habido ante la Sunat.
- Copia simple de la constancia de presentación y pago emitida por la Sunat de encontrarse al día en el pago de los tributos, pago del impuesto a la renta de quinta categoría de sus trabajadores y sus aportes al Seguro Social de Salud (EsSalud).
- Copia simple del certificado de rentas y retenciones de tercera categoría del ejercicio fiscal anterior. En caso de desempeñarte como gerente o director de la empresa, puedes presentar el certificado de retenciones de quinta categoría del ejercicio fiscal anterior.
Si tienes calidad migratoria de independiente:
- Pago del último impuesto a la renta anual y certificado de retenciones de cuarta categoría de la Sunat. Debes contar con RUC activo y habido ante la Sunat.
- Copia simple del contrato de prestación de servicios, con una vigencia mínima de 1 año, contabilizado a partir de la presentación de la solicitud.
- En caso de que el contratante sea una persona jurídica, presenta la declaración jurada del representante legal de la empresa, consignando sus nombres y apellidos.
- En caso de que la persona que suscribe el contrato tenga un cargo distinto al de gerente general, indica el número de asiento y partida registral donde se precise que cuenta con facultades vigentes para contratar personal.
- Copia simple de los 3 últimos recibos por honorarios emitidos en los 3 meses previos a la presentación de la solicitud.
Modalidad: Online
Antes de iniciar, debes saber:
Ingresa a la Agencia Digital de Migraciones con tus datos personales y haz clic en Verificar. Una vez dentro, selecciona Mesa de Partes, adjunta en PDF todos los documentos requeridos según tu calidad migratoria y completa el registro.
En un plazo máximo de 30 días hábiles, la entidad te enviará la resolución de tu solicitud al correo electrónico registrado. Este plazo queda suspendido en las etapas descritas por el artículo 10° del Decreto Supremo N° 004-97-IN (incorporado por el artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2021-IN, publicado el 24 de marzo de 2021).
Si la solicitud es aprobada, la entidad se comunicará contigo para indicarte la fecha, hora y lugar de recepción de tu documento mediante acto protocolar, donde se te tomará juramento y entregará tu título que posteriormente deberás llevar al Reniec para obtener tu DNI.
- De acuerdo con la Resolución N° 0382-2022-SEL-INDECOPI, publicada oficialmente el 13 de enero de 2023, ya no es necesario presentar la Ficha de Canje Internacional (Interpol) en los trámites de nacionalización de ciudadanos extranjeros.
- De acuerdo con la Resolución N° 0254-2023-SEL-INDECOPI, ampliada por la Resolución N° 0370-2023-SEL-INDECOPI, publicada oficialmente el 10 de agosto de 2023, se declara barreras burocráticas ilegales los siguientes requisitos: el cobro de derecho de trámite por el monto de S/ 530.60 y la declaración jurada de estado de salud.
- Mediante Decreto Supremo N° 008-2023-IN, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22.10.2023, se aprueba el nuevo TUPA de MIGRACIONES, que rige desde el 23.10.2023, el cual establece nuevo monto por derecho de tramitación en el procedimiento de obtención de la nacionalidad peruana por naturalización ( S/ 301.50 ), respecto del cual no recae un mandato de inaplicación, por lo que su pago resulta exigible.