Obtener la nacionalidad peruana por matrimonio

Si eres una persona extranjera, estás casado(a) con un(a) peruano(a) y resides en el país un mínimo de dos años continuos en condición de casado(a) con peruano(a), puedes solicitar la nacionalidad peruana por matrimonio ante la Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) en línea.

El registro de nacionalización por matrimonio te permitirá realizar trámites ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Condiciones

  • Estar residiendo en el país un mínimo de dos (2) años continuos en condición de casado(a) con peruano(a).
  • Declaración expresa de la voluntad de adquirir la nacionalidad peruana.
  • Carecer de antecedentes penales, policiales y judiciales, tener buena conducta y solvencia moral.
  • Gozar de plena capacidad civil.
  • Tener y exhibir el carnet de extranjería actualizado y con residencia vigente.
Importante
  • De acuerdo con la Resolución N° 0382-2022-SEL-INDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de enero de 2023, se declara barrera burocrática ilegal: la Ficha de Canje Internacional (Interpol) en los trámites de nacionalización por naturalización, no resultando exigible desde el día siguiente de su publicación.
  • Con Resolución N° 0254-2023-SEL-INDECOPI, ampliada por la Resolución N° 0370-2023-SEL-INDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de agosto de 2023, se declara barreras burocráticas ilegales los siguientes requisitos: el cobro de derecho de trámite por el monto de S/ 113.30, la partida de nacimiento y el DNI del cónyuge peruano, así como la declaración jurada de estado de salud, no resultando exigibles desde el día siguiente de su publicación.
  • Mediante Decreto Supremo N° 008-2023-IN, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22.10.2023, se aprueba el nuevo TUPA de MIGRACIONES, que rige desde el 23.10.2023, el cual establece nuevo monto por derecho de tramitación en el procedimiento de obtención de la nacionalidad peruana por matrimonio ( S/ 204.40 ), respecto del cual no recae un mandato de inaplicación, por lo que su pago resulta exigible.
  • Mediante Resolución Cuatro, del 30 de enero de 2024, emitida por la Quinta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas de Mercado de la Corte Superior de Justicia de Lima, se concede una medida cautelar dictada a favor del Ministerio del Interior, en el cual se suspenden los efectos del extremo resolutivo quinto de la Resolución 254-2023/SEL-INDECOPI, del 9 de junio de 2023, ampliada por la Resolución 0370-2023/SEL-INDECOPI, del 14 de julio de 2023, referido a la inaplicación de la exigencia de la Ficha de Canje Internacional (Interpol) y la exigencia de la Declaración Jurada de Estado de Salud, declaradas barreras burocráticas ilegales. Dicha disposición tiene alcance sobre la Resolución 0382-2022/SEL-INDECOPI. En virtud de dicho mandato judicial, a partir del 14 de junio de 2024, Migraciones solicita la presentación de los requisitos de Ficha de Canje Internacional - INTERPOL y la Declaración Jurada de Estado de Salud en los procedimientos de nacionalización por matrimonio.

Requisitos

  • Formulario PA - Nacionalización.
  • Número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite.
  • Partida o acta de matrimonio civil original inscrita en los registros civiles del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, con una antigüedad máxima de treinta (30) días calendario, acreditando mínimo dos (2) años de matrimonio con un(a) peruano(a).
    • Si tu matrimonio fue celebrado en el extranjero, debes presentar la partida de matrimonio inscrita en el consulado peruano con una antigüedad máxima de noventa (90) días calendario, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
    • Si tu matrimonio fue celebrado en el extranjero y no se encuentra inscrito en la oficina consular de la jurisdicción, debes inscribirlo dentro de los noventa (90) días de tu llegada al país en los registros civiles del Perú donde has fijado domicilio, presentando la partida respectiva; vencido este plazo, debes hacerlo por la vía judicial.
  • Partida de nacimiento original del cónyuge peruano. En el caso que el cónyuge tenga nacionalidad peruana por naturalización, se debe verificar el título o registro correspondiente (*) Verificar el contenido de la NOTA.
  • Copia simple del pasaporte del solicitante.
  • Acreditar ingresos familiares por parte de los cónyuges, por ejemplo: Boletas de pago, Recibos por Honorarios, Contrato, (indeterminado, plazo determinado, locación de servicio) y Declaraciones ante la SUNAT.
  • Declaración jurada simple de convivencia de los cónyuges y de que subsiste el vínculo matrimonial, firmada por ambos.
  • Declaración jurada del estado de salud (*) Verificar el contenido de la NOTA, de domicilio, así como de carecer de antecedentes penales, policiales y judiciales en el Perú y el extranjero.
  • Ficha de Canje Internacional emitido por la OCN INTERPOL Lima de la Policía Nacional del Perú con fecha de expedición no mayor a seis (6) meses (*) Verificar el contenido de la NOTA.
  • Documento Nacional de Identidad - DNI del cónyuge peruano, el domicilio debe coincidir con el declarado por el solicitante (*) Verificar el contenido de la NOTA.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Pago de S/ 204.40 con el código 07564, en cualquier agencia del Banco de la Nación o en la web pagalo.pe.

Ingresa a la Agencia Digital de Migraciones con tus datos personales y haz clic en Verificar. Una vez dentro, selecciona Mesa de Partes y el tipo de trámite, adjunta en un solo archivo PDF todos los documentos requeridos y completa el registro.

El procedimiento tiene un plazo máximo de 30 días hábiles (sujeto a la validación de información ante entidades públicas y/o privadas). Si tu solicitud es aprobada, la entidad se pondrá en contacto contigo para comunicarte fecha, hora y lugar de entrega de tu registro de nacionalidad. Mediante ceremonia especial de nacionalización, tomarás juramento y se te hará entrega del registro de nacionalidad para que, posteriormente, lo lleves al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y obtengas tu DNI.

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