Ingresar equipaje al país

Descripción

Para ingresar tu equipaje constituido por los bienes nuevos o usados que sean para tu uso o consumo, de acuerdo con el motivo y duración de tu viaje, y que por su cantidad, naturaleza o variedad se presuma que no están destinados al comercio, a tu llegada debes acercarte al área de control de aduanas y realizar las siguientes acciones:

1. Si no tienes bienes por declarar

Si tu equipaje solo contiene bienes o artículos que se encuentran en la lista de Bienes Libres de Impuestos, no es necesario presentar la Declaración Jurada de Equipaje y puedes dirigirte directamente a la salida.

2. Si tienes bienes por declarar

Si en tu equipaje portas bienes de la lista Mercancías por declarar, debes presentar la Declaración Jurada de Equipaje (formato gratuito que te entrega la empresa transportista) y dirigirte al control de aduanas. Completa el documento marcando con una "x" las categorías que correspondan, según los bienes o artículos que lleves.

Los bienes consignados en la Declaración Jurada de Equipaje pagarán los siguientes impuestos:

  • Por los bienes considerados como equipaje, hasta por un valor máximo de US$ 1 000,00 (mil dólares americanos) por viaje, con un máximo de US$ 3 000,00 (tres mil dólares americanos) por año calendario, pagarás un tributo único de doce por ciento (12%) sobre el valor en aduana (constituido por el monto del bien más el valor del flete internacional y seguro internacional, que será determinado por el funcionario aduanero).
  • Por los bienes que excedan estos límites pagarán los tributos normales a la importación. Conoce los tributos que gravan la importación de una mercancía.

Los beneficios tributarios se otorgan por cada viaje y son individuales e intransferibles. Podrás dejar en custodia de la autoridad aduanera, los bienes o artículos que hayas declarado, cuando no canceles los impuestos en el momento; o portes mercancía restringida y no cuentes con los requisitos legales para su ingreso; o tengas bienes o artículos no considerados como equipaje, que requieren un trámite aduanero distinto. En estos casos, recibirás un comprobante de custodia, que te servirá para realizar el trámite aduanero. Este tiene una vigencia de treinta (30) días calendarios, contados a partir del día siguiente de su emisión.

Conoce las Obligaciones de los viajeros.