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Solicitar pensión de viudez D.L. N° 20530

Si tu cónyuge o conviviente de unión de hecho ha fallecido y era pensionista o afiliado al Decreto Ley N° 20530, puedes solicitar a la ONP una pensión de sobrevivencia por viudez.

Si la pensión de la pareja fallecida era mayor a una Remuneración Mínima Vital (RMV), recibirás el 50%; y si era igual o menor a una RMV, se te otorgará el 100%.

Condiciones:

  • Si tu cónyuge tenía menos de 60 años de edad al casarse, el matrimonio debió realizarse por lo menos un año antes del fallecimiento.
  • Si tenía más de 60 años de edad al casarse, el matrimonio debió realizarse por lo menos dos años antes del fallecimiento.
  • Estas condiciones no se exigirán si el fallecimiento ocurrió por accidente, si hubo hijos en común o si la viuda está embarazada.

Ten presente que en el caso del D.L. N°20530 administrado por entidades activas del Estado, debes presentar tu documentación en la empresa donde trabajó tu pareja.

Imakunatan hunt’anayki

  • Copia certificada del acta de defunción (si el fallecido no era pensionista y no está registrado en la Reniec)
  • Copia de la resolución de otorgamiento de pensión del fallecido (si era pensionista y el documento no fue emitido por la ONP).
  • Parte policial o certificado de necropsia, si el fallecimiento ocurrió por accidente.
  • Copia simple de la partida o acta de nacimiento de los hijos que tuvieron en común (si no estuvieran registrados en la Reniec).
  • Partida o acta de matrimonio civil (máximo tres meses de antigüedad). En el caso de ser conviviente, debes presentar un documento que contenga la declaración judicial o notarial de la unión de hecho, realizada previamente al fallecimiento.
  • Copia simple del certificado médico emitido por el Ministerio de SaludEsSalud o una EPS, si eres una viuda que está embarazada.
  • Poder general, si la solicitud es presentada por una tercera persona; o poder especial, si además se faculta al apoderado a firmar declaraciones juradas. Además, DNI vigente de la persona que otorga el poder y presenta la solicitud, así como del apoderado.
  • En el caso de ser extranjero, copia simple legible del carnet de extranjería o pasaporte.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Lee las recomendaciones y haz clic en “Ingresar”. Selecciona e ingresa tu tipo y número de documento, así como los del familiar fallecido (asegurado de la ONP). Finalmente, haz clic en el botón “Iniciar videollamada” para conectarte con uno de nuestros asesores que recibirá tu solicitud de pensión en tiempo real. De corresponder, el intercambio de documentos se realizará a través de correo electrónico. La atención por videollamada es de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.

En un periodo máximo de 30 días calendario, se te informará el resultado mediante una resolución que llegará a tu correo electrónico o a tu domicilio. Si la respuesta tarda más tiempo, se te otorgará una pensión provisional hasta que se emita la resolución.

Todas las notificaciones serán enviadas al correo electrónico que registraste. Por favor, verifica constantemente tu bandeja de entrada o de correo no deseado.

Solicita tu atención virtual

Si tienes duda, comunícate con ONP Te escucha llamando al (01) 634 2222 de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.