Documento de Gestión
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a PETRO MUNDO E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se confirma la Resolución Directoral N° 00400-2025-OEFA/DFAI del 2 de abril de 2025, que declaró infundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto contra Resolución Directoral N° 01858-2...
- CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO ANUAL DE LA CAMIONETA NISSAN FRONTIER DE PLAZA EGV-241 ASIGNADA A LA OFICINA DESCONCENTRADA DE UCAYALI DEL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZAC...
- CONTRATACIÓN DEL SERVICIODE ALQUILER DE VEHÍCULO CON CONDUCTOR PARA EL TRASLADO DE PERSONAL EN COMISIÓN DE SERVICIOS, SUPERVISIONES Y/O VERIFICACIONES SIN EQUIPAMIENTO, CON COBERTURA EN LIMA METROP...
- Quincuagésimo novena (59)modificación al Cuadro Multianual de Necesidades
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PONTO, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a OLYMPIC PERU INC SUCURSAL DEL PERU, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a COMPAÑIA DE MINAS BUENAVENTURA S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a GENERADORA DE ENERGIA DEL PERU S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a NOREX ENERGIA S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a PLUSPETROL NORTE S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a BATERIAS VOLTA S A, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a HYDRO GLOBAL PERU S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador seguido a COMPANIA MINERA SAN VALENTIN S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a EMBOTELLADORA CARAL S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por PROTEX S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se confirma la Resolución Directoral N° 00143-2025-OEFA/DFAI del 31 de enero de 2025, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 1457-2023-OE...
- Se confirma la Resolución Directoral Nº 2029-2024-OEFA/DFAI del 11 de octubre de 2024, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 1773-2024-O...
- Se enmienda la Resolución N° 00084-2025-OEFA/DSEM del 10 de abril de 2025, precisándose la sumilla y la parte resolutiva de la misma, en los términos señalados en el considerando 16 de la presente ...
- Aviso de convocatoria del Concurso Público para la designación de un (1) vocal de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fi...
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a UNNA ENERGIA S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por GRUPO CAPLINA HNOS S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELEN, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a CONSORCIO DE INGENIEROS EJECUTORES MINEROS S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a ARAUJO SOLANO YOLANDA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.