Documento de Gestión
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a PESQUERA EXALMAR S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a CORPORACION PESQUERA DEL MAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CORPESMAR S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativ...
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a APUMAYO S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a NEGOCIACIONES PETROMAX SAC, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa al administrado CENTRO DE INVESTIGACION Y ESTUDIOS MINERO AMBIENTAL S.A.C - CIEMAM S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a ELECTROCENTRO S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el cumplimiento de las medidas correctivas dictadas al administrado CAÑARIACO COPPER PERU S.A.C, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por OLYMPIC PERU INC. SUCURSAL DEL PERÚ S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Sexagésima (60) modificación al Cuadro Multianual de Necesidades
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a NOREX ENERGIA S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a COMPAÑIA MINERA SAN IGNACIO DE MOROCOCHA S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la improcedencia de la reconsideración presentada por MUNICIPALIDAD DISTRITAL GREGORIO PITA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por FERNANDEZ CRUZ RAUL, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a EMPRESA DE TRANSPORTES MAXILU S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a TERPEL PERU S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a FRONTERA ENERGY DEL PERU S.A.EN LIQUIDACION, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a PLUSPETROL NORTE S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a INVERSIONES E INDUSTRIAS MIRFER S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a ARIN S A, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a COMPANIA MINERA ARES S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a LANGOSTINERA RAMONA S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a SEAFROST S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a GER EXPORT S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPA HERMOSA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a INVERSIONES N Y F E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.