ÓRGANO DE DIRECCIÓN

Artículo 10º. Dirección General

Es el órgano de dirección del INR a cargo de un Director General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Establecer la visión, misión y objetivos estratégicos institucionales en concordancia con los sectoriales y lograr el compromiso del personal para alcanzarlos.

b) Evaluar el logro de los objetivos, metas y estrategias de corto plazo y su eficacia para lograr los objetivos de mediano y largo plazo

c) Proponer las políticas, normas y proyectos de investigación, desarrollo tecnológico, docencia y atención especializada al Ministerio de Salud.

d) Gestionar la obtención de cooperación técnica y financiera nacional e internacional y el apoyo a los planes del INR en el marco de las facultades autorizadas por el Ministerio de Salud.

e) Organizar y dirigir el funcionamiento del INR para el logro de sus objetivos.

f) Gestionar los recursos humanos, financieros y tecnológicos para el logro de los objetivos institucionales y el funcionamiento del INR.

g) Asignar a las unidades orgánicas del INR otros objetivos funcionales y responsabilidades, además de las que se precisan en el presente reglamento.

h) Lograr la aprobación de los proyectos y convenios de investigación y las propuestas de innovación de normas para los órganos técnico normativos del Ministerio de Salud.

i) Lograr la mejora continua de procesos organizacionales en el INR enfocado en los objetivos de los usuarios y conducir las actividades de implementación y/o mejoramiento continuo del modelo organizacional.

j) Establecer y sistematizar el flujo de trámite documentario de comunicaciones y correspondencia oficial en el INR.

k) Lograr oportunidad y seguridad en el flujo y registro de la documentación oficial del INR.

l) Mantener bajo custodia y conservación el patrimonio documental.

m) Lograr la sistematización, seguridad, custodia y disponibilidad del archivo de la documentación oficial y acervo documentario.

n) Establecer el control interno previo, simultáneo y posterior institucional y aplicar las medidas correctivas necesarias.

o) Los demás objetivos funcionales que le confiera el Ministerio de Salud.

Artículo 11°. Atribuciones y Responsabilidades del Director General

El Director General es el funcionario de más alta jerarquía en el Instituto Nacional de Rehabilitación, cuyos requisitos se establecen en el Manual de Organización y Funciones correspondiente y en las disposiciones pertinentes. Tiene las siguientes atribuciones y responsabilidades:

a) Aprobar y/o modificar la Política institucional, el Plan Estratégico, Plan Operativo, Presupuesto y documentos de gestión, según las normas vigentes.

b) Aprobar y/o modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones.

c) Aprobar los proyectos y convenios de investigación.

d) Representar legalmente al INR.

e) Expedir Resoluciones Directorales en los asuntos de su competencia.

f) Suscribir convenios, contratos y acuerdos con instituciones públicas que coadyuven al logro de los objetivos del INR, en el marco de las normas vigentes.

g) Cumplir y hacer cumplir el Código de Ética de la Función Pública, debiendo en todo momento velar porque se supediten los objetivos e intereses personales a los institucionales en el ejercicio de sus funciones y las del personal a su cargo.

h) Asignar otros objetivos funcionales a las unidades orgánicas del INR a su cargo

i) Otras atribuciones y responsabilidades que se le confiera, en el marco de la normatividad vigente.

ÓRGANO DE CONTROL

Artículo 12º. ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Es la unidad orgánica encargada de lograr la ejecución del control gubernamental en el INR. mantiene dependencia técnica y funcional de la Contraloría General de la República y depende administrativamente del Director General del INR; tiene asignado los siguientes objetivos funcionales:

a) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones del INR, sobre la base de los lineamientos del Plan Anual de Control.

b) Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios del INR, así como a la gestión del mismo, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General.

c) Ejecutar las acciones y actividades. de control a los actos y operaciones del INR, que disponga la Contraloría General, así como las que sean requeridas por el titular del INR.

d) Efectuar control preventivo, sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel del INR; con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control interno.

e) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones del INR, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al titular del INR para que adopte las medidas correctivas pertinentes.

f) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General. Así como al titular del INR y del sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia.

g) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios, servidores públicos y ciudadanos sobre actos y operaciones del INR, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva.

h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control, aprobado por la Contraloría General, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones vigentes

i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte el INR, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control.

j) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables al INR, de las unidades orgánicas y personal de éste.

k) Formular y proponer el presupuesto anual del órgano de control Institucional para el proceso de aprobación por el INR.

l) Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General de la República para la ejecución de las acciones de control en el ámbito del INR; por disposición de la Contraloría General podrán colaborar en otras acciones de control externo por razones operativas o de especialidad.

m) Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloría General y el órgano de control sectorial de acuerdo. al artículo 29º del Reglamento de los Órganos de Control Institucional.

n) Otros funciones u objetivos funcionales que establezca la Contraloría y adicionalmente las atribuciones que le confiere el artículo 15º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.


ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

Artículo 13º. Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico

Es la unidad orgánica encargada de lograr la efectividad del planeamiento estratégico y operativo, del sistema presupuestario, de la organización y del sistema de inversión pública, depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Proponer a la Dirección General, los lineamientos de política del INR en coordinación, con las Direcciones Ejecutivas de Investigación, Docencia y Atención Especializada, órganos de asesoría y apoyo.

b) Lograr el diagnóstico situacional e identificar los objetivos metas y estrategias de largo, mediano y corto plazo del INR y proponer el plan estratégico y operativo.

c) Evaluar la efectividad de las estrategias y el logro de los objetivos y metas de corto, mediano y largo plazo.

d) Desarrollar los procesos de costeo e identificar los requisitos de los servicios institucionales para la aprobación del Ministerio de Salud.

e) Lograr el diagnóstico y análisis organizacional para formular y mantener actualizados los documentos de gestión en cumplimiento a las normas vigentes y para organizar el INR.

f) Lograr la implantación de los modelos de organización que se establezcan en el Sector y lograr la asistencia técnica en el mejoramiento continuo de los procesos organizacionales en el INR.

g) Lograr el establecimiento de los procesos y procedimientos para organizar los recursos humanos, financieros y tecnológicos en el INR.

h) Gestionar el financiamiento presupuestario para el logro de los objetivos y metas programadas y conducir el proceso presupuestario en el INR.

i) Identificar problemas y priorizar necesidades para proponer el desarrollo e implementación de los proyectos, en el marco del Programa Anual y las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública.

j) Formular los estudios de preinversión e incorporarlos al Presupuesto y al Programa Anual de Inversiones en concordancia con los Lineamientos de Política del sector.

k) Identificar las oportunidades de inversión y gestionar su financiamiento para su inclusión en los planes de corto y mediano plazo.

l) Cumplir y hacer cumplir la normatividad de los sistemas y procesos sectoriales de planeamiento, inversión en salud, organización, financiamiento y presupuesto, para el logro de sus objetivos funcionales en el ámbito de los roles y competencias asignadas al INR.


Artículo 14º. Oficina de Cooperación Científica Internacional

Es la unidad orgánica encargada de lograr el asesoramiento y coordinación para la cooperación científica internacional, depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Identificar y difundir en el INR y en el Sector Salud las oportunidades de investigación y su financiamiento con la Comunidad Científica Internacional.

b) Captar y difundir los esfuerzos y resultados de la investigación realizados por la Comunidad Científica Internacional.

c) Captar la información y lograr las relaciones necesarias para explotar las capacidades científicas y los logros tecnológicos de las entidades y organismos internacionales y nacionales de salud.

d) Lograr que las unidades orgánicas y/o equipos de investigación pertenecientes al INR cuenten con asistencia técnica para su relación con la comunidad científica internacional.

e) Lograr la incorporación e intercambio de profesionales altamente especializados para fines exclusivos de investigación y transferencia tecnológica, en el marco de la política y objetivos sectoriales.

f) Canalizar las ofertas y demandas de las entidades y organismos de investigación y de transferencia tecnológica en salud.

g) Lograr el financiamiento para el cumplimiento de los objetivos de investigación y de transferencia tecnológica, en coordinación con la Oficina General de Cooperación Internacional y la Oficina General de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Salud.

h) Lograr que se produzcan y mantengan las condiciones favorables para el desarrollo de proyectos de investigación y de transferencia tecnológica en el INR.

i) Lograr el acceso y participación formal del INR en las organizaciones de la Comunidad Científica Internacional en el marco de la política sectorial e institucional.


Artículo 15°. Oficina de Epidemiología

Es la unidad orgánica que brinda información estratégica y conduce la Vigilancia Epidemiológica, Análisis de Situación de Salud e Investigación Epidemiológica aplicada como parte de la prevención y control de riesgos y enfermedades, en especial de las infecciones nosocomiales; es responsable de coordinar la organización en el Instituto frente a epidemias, emergencias y desastres; depende de la Dirección General y está cargo de los siguientes objetivos funcionales:

a) Velar por el cumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Publica, analizando permanentemente los indicadores sanitarios hospitalarios y otros que le compete según su especialización.

b) Implementar y mantener actualizada la sala de Situación de Salud Institucional, evaluando permanentemente la situación epidemiológica y los indicadores de las tendencias de oferta y demanda de los servicios especializados del INR.

c) Elaborar anualmente el Análisis de la Situación de Salud Especializado, para la determinación de prioridades y evaluación en el planeamiento estratégico y gestión institucional.

d) Fortalecer la vigilancia, detección oportuna, investigación y control, de brotes epidémicos nosocomiales y situaciones de emergencia sanitaria, especialmente la vigilancia epidemiológica de las discapacidades, coordinando la respuesta institucional para su control.

e) Implementar las normas y velar por su cumplimiento en los aspectos de bioseguridad, prevención y control de infecciones nosocomiales, de accidentes ocupacionales con sangre y fluidos y otros riesgos por exposición ocupacional, especialmente la prevención y control de los factores de riesgo y de discapacidad.

f) Promover, ejecutar y difundir las investigaciones epidemiológicas aplicadas, orientadas a generar evidencias científicas para la prevención y control de los factores de riesgo y de discapacidad.

g) Informar periódicamente a los órganos pertinentes del Instituto, sobre la situación epidemiológica de los factores de riesgo y discapacidades sujetos a vigilancia y sobre la situación de los indicadores objeto de Vigilancia Institucional.

h) Velar por el cumplimiento de las normas establecidas para evitar o disminuir la exposición a los riesgos del ambiente nosocomial (biológicos, químicos, físicos, ergonómicos, psicosociales y otros) para los pacientes, personal de salud, visitas, alumnos y otras personas que ingresen INR.

i) Coordinar la organización en el INR para la prevención, control y atención de riesgos y enfermedades durante epidemias, desastres y otras emergencias sanitarias.

j) Velar en coordinación con el órgano competente, por la adecuada capacitación continua en epidemiología del personal del Instituto, que garantice el adecuado cumplimiento de las normas establecidas en el presente reglamento.

k) Desarrollar mecanismos de retro información hacia el personal del Instituto, los servicios de salud, la comunidad científica y la población en general, sobre los indicadores de vigilancia epidemiológica, análisis de situación de salud e investigaciones epidemiológicas realizadas por el INR.

l) Establecer las medidas de bioseguridad en salud ambiental intrahospitalaria

Artículo 16°. Oficina de Asesoría Jurídica

Es la unidad orgánica encargada del asesoramiento legal a la Dirección General y unidades orgánicas, depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Emitir informes y/o opinión legal sobre los aspectos que le sean solicitados.

b) Coordinar con la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud respecto de las acciones judiciales relacionadas con el Instituto.

c) Asesorar en la formulación de proyectos de convenios o contratos, en los que intervenga el Instituto.

d) Difundir las normas legales del Sector

e) Revisar y visar resoluciones y otros documentos que por su naturaleza requieran de su participación.

Artículo 17°. - Oficina de Gestión de la Calidad

Es la unidad orgánica encargada de implementar el sistema de Gestión de la Calidad en el Instituto de Rehabilitación, para promover la mejora continua de la calidad de los procesos asistenciales y administrativos de atención al paciente, con la participación activa del personal, depende de la dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Proponer la incorporación del enfoque de calidad en el Plan Estratégico, Plan Operativo Institucional y planes de trabajo.

b) Proponer indicadores de calidad y el desarrollo de actividades para la mejora continua, en coordinación con la Oficina de Planeamiento Estratégico.

c) Implementar las normas, estrategias metodologías e instrumentos de la calidad para la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad.

d) Asesorar en la formulación de normas, gulas de atención y procedimientos de atención al paciente.

e) Asesorar a la Oficina de Personal para la capacitación y sensibilización del personal en los conceptos y herramientas de la calidad.

f) Asesorar y apoyar en el desarrollo de los procesos de autoevaluación, acreditación y auditoria clínica, según las normas que establezca el Ministerio de Salud.

g) Efectuar el monitoreo y evaluación de los indicadores de calidad en los diferentes Departamentos del Instituto e informar y difundir los resultados al Ministerio de Salud y a los niveles que correspondan.

h) Promover la ejecución de estudios de investigación en calidad de servicios de salud.

i) Desarrollar y evaluar mecanismos de escucha al usuario para la mejora de la calidad y participación ciudadana en salud.

ÓRGANOS DE APOYO

Artículo Nº 18.- Oficina Ejecutiva de Administración

Es la unidad orgánica encargada de lograr que el INR cuente con los recursos humanos, materiales y económicos, en las, condiciones de calidad, cantidad y oportunidad requerida; depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Proponer las políticas, normas y programación de la gestión y asignación de recursos humanos, materiales y financieros al INR en el marco de la normatividad de los sistemas y procesos administrativos de planeamiento, financiamiento, presupuesto y logística correspondiente.

b) Lograr que el INR cuente con los recursos humanos, materiales y servicios necesarios y adecuados para el cumplimiento de sus objetivos estratégicos y funcionales asignados.

c) Administrar y lograr el desarrollo del personal del INR en el marco de la normatividad vigente.

d) Establecer y ejecutar las actividades de soporte logístico, asepsia, seguridad, mantenimiento y servicios generales del INR.

e) Administrar, registrar y controlar los recursos económicos y financieros y la ejecución presupuestal del INR, para la toma de decisiones en la asignación de recursos, según los planes y programas respectivos orientados hacia el cumplimiento de la misión y logro de los objetivos estratégicos y funcionales.

f) Implementar y establecer el sistema de información del proceso administrativo integrado, en coordinación con la Oficina de Estadística e Informática del INR y la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud, según la normatividad vigente.

g) Establecer y ejecutar las actividades de contabilidad, tesorería y ejecución presupuestal, en el marco de las normas de los sistemas administrativos correspondientes.

h) Lograr que se establezca en la unidad orgánica y en el ámbito de su competencia y objetivos funcionales el control interno previo, simultáneo y posterior.

i) Asignar otros objetivos funcionales a las unidades orgánicas a su cargo.

Artículo Nº 19.- Oficina de Personal

Es la unidad orgánica encargada de lograr que el INR cuente con los recursos humanos necesarios y adecuados para el cumplimiento de sus objetivos estratégicos y funcionales; depende de la Oficina Ejecutiva de Administración y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Lograr la aplicación de las políticas y normas de carácter interno y específico de administración y desarrollo de personal; y proponer su implementación, actualización e innovación.

b) Gestionar, programar y registrar el pago de las remuneraciones, pensiones, beneficios y bonificaciones.

c) Proponer la actualización de normas de administración y desarrollo de personal.

d) Proponer al órgano de dirección general los desplazamientos del personal entre unidades orgánicas y/o puestos de trabajo, en el marco de la normatividad vigente.

e) Implementar oportunamente el Cuadro para Asignación de Personal del INR para dotarlo de los recursos humanos necesarios.

f) Formular el Presupuesto Analítico de Personal.

g) Identificar y satisfacer las necesidades de recursos humanos del INR, que deben asignarse a los cargos o puestos de trabajo establecidos en el Cuadro para la Asignación de Personal para desarrollar los procesos y sistemas organizacionales.

h) Establecer y ejecutar el planeamiento, programación, reclutamiento, selección y contratación, registro, asignación e inducción del personal para cubrir los puestos de trabajo o cargos con financiamiento presupuestal.

i) Programar y ejecutar el control, desarrollo y capacitación del personal del Instituto Especializado para que desempeñen las capacidades y habilidades requeridas para el logro de los objetivos funcionales asignados.

j) Sistematizar y mantener actualizado el registro de información de los recursos humanos del INR para la toma de decisiones y la planificación del desarrollo de los recursos humanos.

k) Desarrollar la cultura organizacional y asistir técnicamente al órgano de dirección general para lograr el compromiso del personal con la visión y misión institucional.

l) Mantener un clima laboral adecuado para el cumplimiento de los fines del INR.

m) Lograr que se establezca en la unidad orgánica y en el ámbito de su competencia y objetivos funcionales el control interno previo, simultáneo y posterior.

Artículo 20º.- Oficina de Economía

Es la unidad orgánica encargada de lograr que el INR cuente con los recursos económicos y financieros necesarios y en la oportunidad requerida, para el cumplimiento de sus objetivos estratégicos y funcionales; depende de la Oficina Ejecutiva de Administración y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Programar, consolidar y obtener los recursos financieros de acuerdo a las asignaciones presupuestales aprobadas.

b) Controlar y supervisar la ejecución del presupuesto asignado en función de las prioridades establecidas.

c) Establecer un adecuado y oportuno registro de las operaciones mediante un sistema de control interno contable.

d) Sistematizar la información contable, financiera y presupuestal del Instituto de Rehabilitación para la obtención de indicadores de gestión que permitan la oportuna toma de decisiones.

e) Evaluar periódicamente la situación financiera de los resultados de la gestión presupuestal y patrimonial.

f) Formular los estados financieros y presupuestarios del INR.

g) Salvaguardar los valores que se mantienen en custodia interna y externa.

h) Cumplir las normas y procedimientos de contabilidad, tesorería y presupuesto para asegurar la eficiencia en la administración de los recursos financieros asignados.

i) Lograr que se establezca en la unidad orgánica y en el ámbito de su competencia y objetivos funcionales, el control interno previo, simultáneo y posterior.

Artículo 21°. - Oficina de Logística

Es la unidad orgánica encargada de lograr que el INR cuente con los recursos materiales y servicios en la cantidad, calidad y oportunidad requerida por los usuarios internos, para el cumplimiento de los objetivos estratégicos y funcionales del INR; depende de la Oficina Ejecutiva de Administración y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Lograr el abastecimiento de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras en la calidad, cantidad, oportunidad y lugar requerido por los usuarios internos y externos para el funcionamiento del INR y el logro de los objetivos y metas establecidas.

b) Establecer los mecanismos de supervisión del cumplimiento de los contratos de adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras.

c) Mantener el control de stocks de los bienes necesarios para la operatividad de los servicios asistenciales y administrativos.

d) Desarrollar las actividades de conservación y seguridad de los bienes almacenados.

e) Establecer el control patrimonial de bienes muebles e inmuebles del INR.

f) Programar y contratar el equipamiento y adecuación de la infraestructura e instalaciones.

g) Cumplir con la normatividad técnica y legal en el abastecimiento de bienes, la prestación de servicios y ejecución de obras.

h) Lograr que se establezca en la unidad orgánica y en el ámbito de su competencia y objetivos funcionales, el control interno previo, simultaneo y posterior.


Artículo Nº 22º.- Oficina de Servicios Generales

Es la unidad orgánica encargada de lograr que el INR cuente con el soporte de servicios de asepsia, seguridad, mantenimiento y los servicios generales necesarios; depende de la Oficina Ejecutiva de Administración y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Lograr que se mantenga asepsia e higiene en especial en las áreas críticas.

b) Lograr el mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura, mobiliario, equipos y vehículos del INR.

c) Lograr mantener la operatividad de los equipos, sistemas e instalaciones del INR.

d) Lograr la seguridad física del personal, así como la del material, instalaciones y equipos del INR.

e) Proveer a los usuarios de vestuario y ropa de cama en condiciones asépticas.

f) Lograr que los pacientes y el personal, cuenten con los servicios auxiliares generales de apoyo para la atención ambulatoria y hospitalaria.

g) Transportar al personal y material, para el logro de los objetivos funcionales del INR.

h) Lograr que se establezca en la unidad orgánica y en el ámbito de su competencia y objetivos funcionales, el control interno previo, simultaneo y posterior.


Artículo 23°. - Oficina Ejecutiva de Apoyo a la Investigación y Docencia Especializada

Es la unidad orgánica encargada de lograr la coordinación, programación y seguimiento de los proyectos de investigación, de la difusión de sus resultados y de la docencia especializada y aprendizaje de los recursos humanos del Sector en el campo del INR, así como la coordinación, seguimiento y evaluación de resultados de los convenios de residentado y de especialización suscritos por el INR con las universidades; depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Coordinar la programación y evaluación de las investigaciones y actividades de especialización y capacitación, en coordinación con la Oficina de Planeamiento Estratégico y demás unidades orgánicas involucradas.

b) Promover el diseño y ejecución de protocolos de investigación en materia del campo de investigación y requerimientos institucionales, para desarrollar las actividades asistenciales y la transferencia tecnológica correspondiente.

c) Promover y coordinar el diseño y ejecución de programas de especialización y capacitaciónde recursos humanos, requeridos para desarrollar las actividades asistenciales y de investigación del INR.

d) Promover y coordinar el diseño y ejecución de programas de proyección a la comunidad en el campo de investigación del INR.

e) Proporcionar el asesoramiento metodológico, bibliográfico y otros servicios especializados, así como el soporte técnico y administrativo necesario para coadyuvar al desarrollo de protocolos de investigación básica e investigación clínica y la ejecución de las actividades de especialización y capacitación del INR.

f) Promover y coordinar la formación y especialización de los recursos humanos requeridos para desarrollar las actividades asistenciales y de investigación del INR.

g) Sistematizar y mantener actualizado el registro de los recursos humanos del Sector Salud, especializados en investigación, capacitación y actividades asistenciales en el campo de investigación del INR.

h) Efectuar el seguimiento de la atención de los pacientes involucrados en protocolos de investigación a cargo de las unidades orgánicas correspondientes.


Artículo 24°. - Oficina de Comunicaciones

Es la unidad orgánica encargada de lograr que se establezca la comunicación social, imagen institucional y relaciones públicas que sean necesarias para lograr los objetivos estratégicos y funcionales del INR, depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Organizar, coordinar y dirigir las actividades protocolares y oficiales.

b) Identificar, ejecutar y evaluar los objetivos, metas y estrategias de comunicación social para la salud en apoyo a la prevención de las enfermedades y promoción de la salud y de acuerdo a las políticas sectoriales.

c) Evaluar sistemáticamente el impacto de las estrategias de comunicación social aplicadas en su jurisdicción e Implementar las estrategias de comunicación que respalden la imagen del INR como parte de la imagen institucional del Ministerio de Salud.

d) Mantener una relación permanente con los medios que respalden la imagen del INR como parte de la imagen institucional del Ministerio de Salud, generando y proporcionando la información requerida del Sector Salud.

e) Coordinar las acciones de prensa que la Dirección General del INR establezca.


Artículo 25º.- Oficina de Estadística e Informática

Es la unidad orgánica encargada de lograr que el INR cuente y pueda proveer estadísticas de salud e información de investigaciones especializadas; así como el soporte informático, mecanización e integración de los sistemas de información requeridos para contribuir a la eficiencia de los procesos organizacionales; depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Programar y ejecutar la recolección, procesamiento de datos, consolidación, análisis y difusión de la información estadística de salud a los usuarios internos y externos, según las normas establecidas en el ámbito de su competencia

b) Lograr la disponibilidad, oportunidad, seguridad y control del registro y archivo de los documentos oficiales de registros médicos del paciente, para el uso del personal autorizado en la atención de salud y para los fines legales pertinentes.

c) Producir los indicadores estadísticos de salud para la toma de decisiones a todo nivel.

d) Analizar e interpretar la información estadística para facilitar el proceso de toma de decisiones.

e) Identificar y priorizar las necesidades de diseño y mejoramiento de los Sistemas de Información.

f) Identificar y proponer nuevas oportunidades de aplicación de tecnologías de información.

g) Implementar los objetivos y metas específicas asignadas al Instituto Especializado en el Plan Estratégico de Sistemas de Información del Sector y del Ministerio de Salud

h) Lograr la provisión de servicios informáticos, sistemas de información, telecomunicaciones, informática y telemática en el ámbito institucional

i) Establecer y mantener la seguridad, integración y operatividad de las redes de información y bases de datos institucionales necesarias.

j) Lograr y mantener interconectividad de las redes y bases de datos institucionales con las de nivel regional y nacional.

k) Lograr que los usuarios internos y externos tengan la disponibilidad de asesoría y asistencia técnica disponible en el uso de aplicaciones informáticas, telecomunicaciones y nuevas tecnologías de información.

l) Implantar los proyectos de desarrollo de tecnología de información y telecomunicaciones que se programen.

m) Aplicar y mantener las normas y estándares de informática y telecomunicaciones establecidas por el Ministerio de Salud en el INR.


ÓRGANOS DE LÍNEA

Artículo 26°. - Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales

Es la unidad orgánica encargada de lograr la innovación, actualización, difusión y capacitación de los conocimientos, métodos y técnicas de la atención especializada en investigación, docencia y rehabilitación integral en funciones mentales; depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Proponer a la Dirección General, en coordinación con la Oficina de Planeamiento Estratégico, los lineamientos de política institucional referidos al ámbito de su competencia.

b) Innovar y actualizar los conocimientos, científicos, metodologías y tecnologías para la prevención del riesgo, protección del daño, recuperación de la salud y rehabilitación de las capacidades de las personas en las funciones mentales; discapacidades: del aprendizaje, discapacidades de la comunicación, deficiencias y discapacidades del desarrollo psicomotor y las deficiencias intelectuales y de adaptación social.

c) Innovar y actualizar los conocimientos sobre los productos farmacéuticos y afines, y sobre el impacto de su utilización en el tratamiento de las discapacidades y deficiencias en las funciones mentales.

d) Difundir las investigaciones efectuadas y capacitar a los profesionales y técnicos de la salud del sector en los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad, que sean requeridos para la prevención, diagnóstico y tratamiento en las funciones mentales.

e) Proporcionar atención médica especializada que presentan las discapacidades del aprendizaje, discapacidades de la comunicación, deficiencias y discapacidades del desarrollo psicomotor y las deficiencias intelectuales y de adaptación social.

f) Coordinar el tratamiento multidisciplinario y atención especializada e integral de la salud del paciente del INR.

g) Proponer normas de atención de las deficiencias y discapacidades de las funciones mentales según los niveles de complejidad de los establecimientos del sector a la Dirección General, previa coordinación con la Oficina Ejecutiva de Apoyo a la Investigación y Docencia Especializada.

h) Proponer los objetivos y contenidos necesarios para el diseño y ejecución de programas educativos y de formación de recursos humanos especializados referidos a la especialidad.

i) Proponer los programas de investigación a la Dirección General.

j) Asignar otros objetivos funcionales a las unidades orgánicas a su cargo.

Artículo 27°. - Departamento de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en el Aprendizaje

Es la unidad orgánica encargada de lograr la innovación, actualización, difusión y capacitación de los conocimientos, métodos y técnicas de la atención especializada en investigación, docencia y rehabilitación integral en el aprendizaje, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos preventivos, diagnósticos y de Rehabilitación a los pacientes con discapacidades del aprendizaje.

b) Difundir las investigaciones efectuadas y capacitar a los profesionales y técnicos del sector salud en los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad, que sean requeridos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de las discapacidades del aprendizaje.

c) Proporcionar atención médica a los pacientes ambulatorios y hospitalizados que presentan discapacidades del aprendizaje mediante los protocolos y procedimientos establecidos y autorizados.

d) Proponer los programas de investigación a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Mentales.

e) Proponer normas de atención para la persona con discapacidad del aprendizaje según los diferentes niveles de complejidad de los establecimientos del sector a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales

f) Proponer los objetivos y contenidos necesarios para el diseño y ejecución de programas educativos y de formación de recursos humanos especializados en el manejo de las discapacidades del aprendizaje.

g) Aplicar los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos producto de las investigaciones realizadas, que hayan sido normados por la autoridad competente.

h) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.


Artículo 28º.- Departamento de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en la Comunicación

Es la unidad orgánica encargada de lograr la innovación, actualización, difusión y capacitación de los conocimientos, métodos y técnicas de la atención especializada en investigación, docencia y rehabilitación integral en la comunicación, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos preventivos, diagnósticos y de Rehabilitación a los pacientes con discapacidades de la comunicación.

b) Difundir las investigaciones efectuadas y capacitar a los profesionales y técnicos del sector salud en los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad, que sean requeridos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de las discapacidades de la comunicación.

c) Proporcionar atención médica a los pacientes ambulatorios y hospitalizados que presentan discapacidades de la comunicación mediante los protocolos y procedimientos establecidos y autorizados.

d) Proponer los programas de investigación a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Mentales.

e) Proponer normas de atención para la persona con discapacidad de la comunicación según los diferentes niveles de complejidad de los establecimientos del sector a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Mentales.

f) Proponer los objetivos y contenidos necesarios para el diseño y ejecución de programas educativos y de formación de recursos humanos especializados en el manejo de las discapacidades de la comunicación.

g) Aplicar los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos producto de las investigaciones realizadas, que hayan sido normados por la autoridad competente.

h) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.

Artículo 29°. - Departamento de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Deficiencias Intelectuales y de Adaptación Social

Es la unidad orgánica de lograr la innovación, actualización, difusión y capacitación de los conocimientos, métodos y técnicas de la atención especializada en investigación, docencia y rehabilitación integral en las deficiencias intelectuales y de adaptación social, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos preventivos, diagnósticos y de Rehabilitación a los pacientes con deficiencias intelectuales y de adaptación social.

b) Difundir las investigaciones efectuadas y capacitar a los profesionales y técnicos del sector salud en los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad, que sean requeridos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de las deficiencias intelectuales y de adaptación social.

c) Proporcionar atención médica a los pacientes ambulatorios y hospitalizados que presentan deficiencias intelectuales y de adaptación social mediante los protocolos y procedimientos establecidos y autorizados.

d) Proponer los programas de investigación a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Mentales.

e) Proponer normas de atención para la persona con deficiencias intelectuales y de adaptación social según los diferentes niveles de complejidad de los establecimientos del sector a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Mentales.

f) Proponer los objetivos y contenidos necesarios para el diseño y ejecución de programas educativos y de formación de recursos humanos especializados en el manejo de las deficiencias intelectuales y de adaptación social.

g) Aplicar los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos producto de las investigaciones realizadas, que hayan sido normados por la autoridad competente.

h) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.


Artículo 30°. - Departamento de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en el Desarrollo Psicomotor

Es la unidad orgánica de lograr la innovación, actualización, difusión y capacitación de los conocimientos, métodos y técnicas de la atención especializada en investigación, docencia y rehabilitación integral en el desarrollo psicomotor, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Mentales y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos preventivos, diagnósticos y de Rehabilitación a los pacientes con deficiencias y discapacidades del desarrollo psicomotor.

b) Difundir las investigaciones efectuadas y capacitar a los profesionales y técnicos del sector salud en los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad, que sean requeridos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de las deficiencias y discapacidades del desarrollo psicomotor.

c) Proporcionar atención médica a los pacientes ambulatorios y hospitalizados que presentan deficiencias y discapacidades del desarrollo psicomotor mediante los protocolos y procedimientos establecidos y autorizados.

d) Proponer los programas de investigación a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Mentales.

e) Proponer normas de atención para la persona con deficiencia y discapacidad del desarrollo psicomotor según los diferentes niveles de complejidad de los establecimientos del sector a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Mentales.

f) Proponer los objetivos y contenidos necesarios para el diseño y ejecución de programas educativos y de formación de recursos humanos especializados en el manejo de las deficiencias y discapacidades del desarrollo psicomotor.

g) Aplicar los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos producto de las investigaciones realizadas, que hayan sido normados por la autoridad competente.

h) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.

Artículo 31°. - Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Motoras

Es la unidad orgánica encargada de lograr la innovación actualización, difusión y capacitación de los conocimientos, métodos y técnicas de la atención especializada en investigación, docencia y rehabilitación integral en funciones motoras; depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Proponer a la Dirección General, en coordinación con la Oficina de Planeamiento Estratégico, los lineamientos de política institucional referidos al ámbito de su competencia.

b) Innovar y actualizar los conocimientos científicos, metodologías y tecnologías para la prevención del riesgo, protección del daño, recuperación de la salud y rehabilitación de las capacidades de las personas en las funciones motoras; deficiencias y de discapacidades de las lesiones centrales, discapacidades de las lesiones medulares, deficiencias y discapacidades de las patologías de la unidad motora y dolor, y deficiencias y discapacidades de amputados, quemados y trastornos posturales.

c) Innovar y actualizar los conocimientos sobre los productos farmacéuticos y afines, y sobre el impacto de su utilización en el tratamiento de las discapacidades y deficiencias en las funciones motoras.

d) Difundir las investigaciones efectuadas y capacitar a los profesionales y técnicos de la salud del sector en los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad, que sean requeridos para la prevención, diagnóstico y tratamiento en las funciones motoras.

e) Proporcionar atención médica especializada que presentan deficiencias y discapacidades de las lesiones centrales, discapacidades de las lesiones medulares, deficiencias y discapacidades de las patologías de la unidad motora y dolor, y deficiencias y discapacidades de amputados, quemados y trastornos posturales.

f) Coordinar el tratamiento multidisciplinario y atención especializada e integral de la salud del paciente del INR.

g) Proponer normas de atención de las deficiencias y discapacidades de las funciones motoras según los niveles de complejidad de los establecimientos del sector a la Dirección General, previa coordinación con la Oficina Ejecutiva de Apoyo a la investigación y Docencia Especializada.

h) Proponer los objetivos y contenidos necesarios para el diseño y ejecución de programas educativos y de formación de recursos humanos especializados referidos a la especialidad.

i) Proponer los programas de investigación a la Dirección General.

j) Asignar otros objetivos funcionales a las unidades orgánicas a su cargo.

Artículo 32°. - Departamento de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en las Lesiones Centrales

Es la unidad orgánica encargada de lograr la innovación, actualización, difusión y capacitación de los conocimientos, métodos y técnicas de la atención especializada en investigación, docencia y rehabilitación integral en las lesiones centrales, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Motoras y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos preventivos, diagnósticos y de Rehabilitación a los pacientes con deficiencias y discapacidades en lesiones centrales.

b) Difundir las investigaciones efectuadas y capacitar a los profesionales y técnicos del sector salud en los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad, que sean requeridos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de las deficiencias y discapacidades en lesiones centrales.

c) Proporcionar atención médica a los pacientes ambulatorios y hospitalizados que presentan deficiencias y discapacidades en lesiones centrales mediante los protocolos y procedimientos establecidos y autorizados.

d) Proponer los programas de investigación a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Motoras.

e) Proponer normas de atención para la persona con deficiencias y discapacidades en lesión central según los diferentes niveles de complejidad de los establecimientos del sector a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Motoras.

f) Proponer los objetivos y contenidos necesarios para el diseño y ejecución de programas educativos y de formación de recursos humanos especializados en el manejo de las deficiencias y discapacidades en lesiones centrales.

g) Aplicar los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos producto de las investigaciones realizadas, que hayan sido normados por la autoridad competente.

h) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.


Artículo 33°. - Departamento de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Discapacidades en las Lesiones Medulares

Es la unidad orgánica encargada de lograr la innovación, actualización, difusión y capacitación de los conocimientos, métodos y técnicas de la atención especializada en investigación, docencia y rehabilitación integral en las lesiones medulares, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Motoras y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos preventivos, diagnósticos y de Rehabilitación a los pacientes con discapacidades en lesiones medulares.

b) Difundir las investigaciones efectuadas y capacitar a los profesionales y técnicos del sector salud en los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad, que sean requeridos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de las discapacidades en lesiones medulares.

c) Proporcionar atención médica a los pacientes ambulatorios y hospitalizados que presentan discapacidades en lesiones medulares mediante los protocolos procedimientos establecidos y autorizados.

d) Proponer los programas de investigación a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Motoras.

e) Proponer normas de atención para la persona con discapacidad en lesión medular según los diferentes niveles de complejidad de los establecimientos del sector a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Motoras.

f) Proponer los objetivos y contenidos necesarios para el diseño y ejecución de programas educativos y de formación de recursos humanos especializados en el manejo de las discapacidades en lesiones medulares.

g) Aplicar los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos producto de las investigaciones realizadas, que hayan sido normados por la autoridad competente.

h) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.

Artículo 34°. - Departamento de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en la Unidad Motora y Dolor

Es la unidad orgánica encargada de lograr la innovación, actualización, difusión y capacitación de los conocimientos, métodos y técnicas de la atención especializada en investigación, docencia y rehabilitación integral en la unidad motora y dolor, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Motoras y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos preventivos, diagnósticos y de Rehabilitación a los pacientes con deficiencias y discapacidades de las patologías de la unidad motora y dolor.

b) Difundir las investigaciones efectuadas y capacitar a los profesionales y técnicos del sector salud en los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad, que sean requeridos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de las deficiencias y discapacidades de las patologías de la unidad motora y dolor.

c) Proporcionar atención médica a los pacientes ambulatorios y hospitalizados que presentan deficiencias y discapacidades de las patologías de la unidad motora y dolor mediante los protocolos y procedimientos establecidos y autorizados.

d) Proponer los programas de investigación a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Motoras.

e) Proponer normas de atención para la persona con deficiencias y discapacidades de las patologías de la unidad motora y dolor según los diferentes niveles de complejidad de los establecimientos del sector a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Motoras.

f) Proponer los objetivos y contenidos necesarios para el diseño y ejecución de programas educativos y de formación de recursos humanos especializados en el manejo de las deficiencias y discapacidades de las patologías de la unidad motora y dolor.

g) Aplicar los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos producto de las investigaciones realizadas, que hayan sido normados por la autoridad competente.

h) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.


Artículo 35°. - Departamento de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Amputados, Quemados y Trastornos Posturales

Es la unidad orgánica encargada de lograr la innovación, actualización, difusión y capacitación de los conocimientos, métodos y técnicas de la atención especializada en investigación, docencia y rehabilitación integral en amputados, quemados y trastornos posturales, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral en Funciones Motoras y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos preventivos, diagnósticos y de Rehabilitación a los pacientes con deficiencia y discapacidades en amputados, quemados y trastornos posturales.

b) Difundir las investigaciones efectuadas y capacitar a los profesionales y técnicos del sector salud en los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad, que sean requeridos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de las deficiencias y discapacidades en amputados, quemados y trastornos posturales.

c) Proporcionar atención médica a los pacientes ambulatorios y hospitalizados que presentan deficiencias y discapacidades en amputados, quemados y trastornos posturales mediante los protocolos y procedimientos establecidos y autorizados.

d) Proponer los programas de investigación a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Motoras.

e) Proponer normas de atención para la persona con deficiencias y discapacidades en amputados, quemados y trastornos posturales según los diferentes niveles de complejidad de los establecimientos del sector a la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Rehabilitación Integral de las Funciones Motoras.

f) Proponer los objetivos y contenidos necesarios para el diseño y ejecución de programas educativos y de formación de recursos humanos especializados en el manejo de las deficiencias y discapacidades en amputados, quemados y trastornos posturales.

g) Aplicar los nuevos conocimientos científicos y tecnológicos producto de las investigaciones realizadas, que hayan sido normados por la autoridad competente.

h) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.

Artículo 36°. - Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención en Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento

Es la unidad orgánica responsable de investigar capacitar y proporcionar servicios altamente especializados en biomecánica y otros servicios de ayuda al diagnóstico y tratamiento; depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales

a) Investigar e innovar permanentemente los conocimientos, las tecnologías y los procedimientos de ayuda al diagnóstico y tratamiento sobre deficiencias y discapacidades.

b) Informar y capacitar con nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad a los profesionales y técnicos de la salud requeridos en el sector para el diagnóstico y tratamiento sobre deficiencias y discapacidades.

c) Desarrollar programas y actividades de investigación clínica en el ámbito de su competencia.

d) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.

e) Realizar programas de prevención en al área de su competencia.

f) Asignar otros objetivos funcionales a las unidades orgánicas a su cargo.

Artículo 37º.- Departamento de Investigación, Docencia y Atención en Ayuda al Diagnóstico

Es la unidad orgánica responsable de la Investigación y atención en ayuda al diagnóstico, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación y Atención en Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos en ayuda al diagnóstico de su competencia.

b) Informar y capacitar con nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad a los profesionales y técnicos de la salud requeridos en el sector para la prevención, diagnóstico y tratamiento sobre deficiencias y discapacidades.

c) Realizar los exámenes de radiología, electromiografía y laboratorio clínico para ayuda al diagnóstico.

d) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.

Artículo 38º.- Departamento de Investigación, Docencia y Atención en Ayuda al Tratamiento

Es la unidad orgánica responsable de la Investigación y atención en ayuda al tratamiento, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación y Atención en Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos de ayuda al tratamiento de su competencia.

b) Informar y capacitar con nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad a los profesionales y técnicos de la salud requeridos en el sector para la prevención, diagnóstico y tratamiento sobre deficiencias y discapacidades.

c) Abastecer con medicamentos y productos afines de calidad y precios accesibles a los pacientes, según las prescripciones realizadas para su tratamiento.

d) Suministrar a los pacientes y personal la alimentación con los niveles nutricionales adecuados.

e) Proporcionar atención odontológica y especializada en ortodoncia a los pacientes derivados por los diferentes consultorios médicos.

f) Desarrollar actividades de capacitación y entrenamiento para lograr la reinserción laboral de los pacientes derivados por los diferentes consultorios médicos.

g) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.

Artículo 39°. - Departamento de Investigación, Docencia y Atención en Biomecánica

Es la unidad orgánica responsable de la Investigación y atención en ayudas biomecánicas, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación y Atención en Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos de su competencia.

b) Informar y capacitar con nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad a los profesionales y técnicos de la salud requeridos en el sector para la prevención, diagnóstico y tratamiento sobre deficiencias y discapacidades.

c) Confeccionar prótesis y ortésis y otras ayudas biomecánicas.

d) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.


Artículo 40°. - Dirección Ejecutiva de Investigación y Docencia en Prevención de Riesgos y Promoción de la Salud

Es la unidad orgánica responsable de investigar, capacitar en prevención de riesgos y promoción de la salud en rehabilitación; depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales

a) Investigar e innovar los conocimientos científicos, metodologías y tecnologías para la prevención del riesgo, protección del daño, recuperación de la salud y rehabilitación de las capacidades de las personas en el ámbito de su competencia y en coordinación con las otras Direcciones Ejecutivas.

b) Informar y capacitar con nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad a los profesionales y técnicos de la salud requeridos en el sector, para la promoción de la salud en rehabilitación y la prevención de deficiencias y discapacidades y en coordinación con las otras Direcciones Ejecutivas

c) Proponer a la Dirección General los programas y actividades de carácter educativo para prevenir las deficiencias y discapacidades en funciones mentales y motoras en coordinación con la Oficina Ejecutiva de Apoyo a la Investigación y Docencia Especializada.

d) Proponer a la Dirección General los programas y actividades de investigación clínica en el ámbito de su competencia.

e) Desarrollar programas y actividades de carácter educativo para prevenir las deficiencias y discapacidades.

f) Desarrollar programas y actividades de investigación clínica en el ámbito de su competencia.

g) Asignar otros objetivos funcionales a las unidades orgánicas a su cargo.

Artículo 41º.- Departamento de Investigación y Docencia en Prevención de Riesgos y Promoción de la Salud en Funciones Mentales

Es la unidad orgánica responsable de la Investigación en prevención de riesgos y promoción de la salud en funciones mentales, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación y Docencia en Prevención de Riesgos y Promoción de la Salud y tiene asignados los siguientes objetivos. funcionales:

a) Investigar e innovar los conocimientos científicos, metodologías y tecnologías para la prevención del riesgo en funciones mentales, protección del daño, recuperación de la salud y rehabilitación de las capacidades de las personas en el ámbito de su competencia.

b) Informar y capacitar con nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad a los profesionales y técnicos de la salud requeridos en el sector para la promoción de la salud en rehabilitación y la prevención de deficiencias y discapacidades.

c) Proponer a la Dirección Ejecutiva de Investigación y Docencia en Prevención de Riesgos y Promoción de la Salud los programas y actividades de carácter educativo para prevenir las deficiencias y discapacidades en funciones mentales.

d) Proponer a la Dirección Ejecutiva -de Investigación y Docencia en Prevención de Riesgos y Promoción de la Salud los programas y actividades de investigación clínica en el ámbito de su competencia.


Artículo 42°. - Departamento de Investigación y Docencia en Prevención de Riesgos y Promoción de la Salud en Funciones Motoras

Es la unidad orgánica responsable de la Investigación en prevención de riesgos y promoción de la salud en funciones motoras, depende de la Dirección Ejecutiva de Investigación y Docencia en Prevención de Riesgos y Promoción de la Salud y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Investigar e innovar los conocimientos científicos, metodologías y tecnologías para la prevención del riesgo en funciones motoras, protección del daño, recuperación de la salud y rehabilitación de las capacidades de las personas en el ámbito de su competencia.

b) Informar y capacitar con nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad a los profesionales y técnicos de la salud requeridos en el sector para la promoción de la salud en rehabilitación y la prevención de deficiencias y discapacidades.

c) Proponer a la Dirección Ejecutiva de Investigación y Docencia en Prevención de Riesgos y Promoción de la Salud los programas y actividades de carácter educativo para prevenir las deficiencias y discapacidades en funciones motoras.

d) Proponer a la Dirección Ejecutiva de Investigación y Docencia en Prevención de Riesgos y Promoción de la Salud los programas y actividades de investigación clínica en el ámbito de su competencia.

Artículo 43°. - Departamento de Enfermería

Es la unidad orgánica encargada de realizar investigación, docencia y atención especializada en enfermería, depende de la Dirección General y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales:

a) Brindar la atención integral, oportuna y permanente en el proceso de protección, recuperación y rehabilitación de la salud de los pacientes, en la atención ambulatoria, hospitalización e intervenciones quirúrgicas, de acuerdo al diagnóstico y tratamiento médico prescrito.

b) Investigar e innovar permanentemente las tecnologías y los procedimientos asistenciales de su competencia.

c) Informar y capacitar con nuevos conocimientos científicos y tecnológicos de su especialidad a los profesionales y técnicos de la salud, según los requerimientos en el sector, para la prevención y tratamiento de enfermedades.

d) Cumplir el tratamiento médico prescrito para los pacientes en atención ambulatoria y hospitalaria.

e) Supervisar y/o administrar los medicamentos y drogas a los pacientes según la prescripción médica, así como la adecuada nutrición en los casos pertinentes.

f) Establecer las condiciones para disminuir los riesgos de enfermedades y mortalidad de los pacientes.

g) Mantener los registros y reportes sobre las ocurrencias e información de los pacientes para facilitar su diagnóstico y tratamiento.

h) Actualizar y perfeccionar los protocolos de trabajo asistencial en el ámbito de su competencia.

i) Participar en la ejecución de programas y actividades educativas para pacientes y la formación de recursos humanos.

INFORMACIÓN DE ACUERDO AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Aprobado con R.M. N° 715-2006/MINSA, del 26 de Julio del 2006