Modificar autorización de beneficio de minerales con ampliación de área

Si como productor minero artesanal necesitas modificar tu autorización para ampliar la capacidad instalada o instalar o construir nuevos componentes, que impliquen nuevas áreas, incluyendo los depósitos de relaves o plataformas PAD de lixiviación, debes realizar la solicitud a la Dirección General de Minería, si el proyecto está en Lima, o al gobierno regional correspondiente.

La resolución de modificación de la autorización de beneficio de minerales es de vigencia indeterminada.

Requisitos

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos:

1. Paga tu trámite

Acércate a la caja de la Dirección Regional de Energía y Minas, ubicada en Eduardo Rodríguez 261, Cajamarca, Referencia Urbanización La Alameda, de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 1:00 p. m. o de 2:30 p. m. a 5:00 p. m., y cancela en efectivo S/ 1,478.60 por derecho a trámite. Debes detallar al funcionario el procedimiento que quieres realizar. Guarda tu comprobante de pago.

2. Presenta tus documentos

Luego de pagar, ve a la Oficina de Trámite Documentario de la entidad, que está ubicada en el mismo edificio, y presenta tus documentos junto con el recibo de pago.

En ese momento, el funcionario verificará tu documentación y te orientará por si debes subsanar alguna observación.

Al finalizar, recibirás un número de expediente con el que puedes hacer seguimiento a tu solicitud escribiendo al correo rcajamarca@minem.gob.pe o llamando al teléfono (076)600040 anexos 1111, 1112 o 1113, dentro del horario de atención.

3. Recibe la resolución

En un plazo máximo de 30 días hábiles, desde la recepción de tu documentación, regresa a la Oficina de Trámite Documentario, en el horario de atención, y recoge la resolución que autoriza la modificación de tu beneficio de minerales para productores mineros artesanales con ampliación de área.

Si vence el plazo de atención y no obtienes respuesta, puedes interponer los recursos administrativos que creas conveniente. Si tu solicitud es rechazada, tendrás 15 días hábiles para solicitar un recurso de reconsideración o apelación.