Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

Funciones de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

Son funciones de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones las siguientes:

  • Conducir, evaluar y supervisar la implementación de proyectos de tecnologías digitales, gobierno digital u otros mecanismos destinados a mejorar la prestación de servicios digitales.
  • Formular y proponer lineamientos y directivas de carácter interno en materias de sus competencias y en el marco de las políticas institucionales.
  • Supervisar el desarrollo de los servicios de soporte técnico de recursos tecnológicos, así como el mantenimiento y la actualización permanente del parque informático y las licencias correspondientes.
  • Dirigir y supervisar la administración de la plataforma tecnológica y la red de comunicaciones del INS, así como el desarrollo e implementación de aplicaciones informáticas correspondientes a la gestión institucional.
  • Conducir, proponer, implementar y supervisar la digitalización de los procesos y servicios digitales del INS, referidos a identidad digital, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital, gobierno de datos, en el marco de la implementación del gobierno digital, conforme el marco legal vigente en materia de gobierno y transformación digital.
  • Desarrollar la labor de Secretaria Técnica en el proceso de formulación del Plan de Gobierno Digital - PGD, directivas y demás documentos de gestión interna en el ámbito de su competencia, en el marco de lo establecido en la normativa vigente.
  • Coordinar con las entidades del sector público y privado para garantizar la interoperabilidad, escalabilidad y seguridad de los sistemas de información, conforme el marco legal vigente en materia de gobierno y transformación digital.
  • Conducir y coordinar la implementación de los planes o medidas de seguridad de la información de la entidad que permita proteger la información, el software, el hardware y las redes de comunicación de datos, del uso indebido por agentes internos y externos, así como aquellos que aseguren la continuidad de los servicios e infraestructura de las tecnologías de información del INS.
  • Emitir opinión técnica y absolver consultas en el ámbito de su competencia.
  • Las demás funciones que le asigne la Gerencia General en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa.

(Corresponde al Artículo 26 de la sección primera ROF INS - DS Nº 016-2023-SA)