Solicitar constancia de producción de libros o productos editoriales para obtener beneficio tributario

Si representas a una empresa editorial y deseas recibir el beneficio de reintegro tributario del Impuesto General a las Ventas (IGV), debes obtener una Constancia de producción de libros o productos editoriales afines, emitida por la Biblioteca Nacional del Perú (BNP).

Esta constancia acredita tanto la producción de libros y productos editoriales afines como la vinculación de los bienes y servicios adquiridos con dicha producción. Asimismo, la BNP es responsable de validar la información y los gastos relacionados con asuntos bibliográficos, mientras que la Sunat se encarga de la verificación tributaria antes de hacer efectivo el reintegro.

Condiciones:

La constancia de producción de libros o productos editoriales afines, es otorgada a las ediciones y sus respectivas reimpresiones, que cuenten con adquisiciones de bienes y servicios a partir de la vigencia del artículo 13 de la Ley N° 31893, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro.

Requisitos

  • Usuario y contraseña del Sistema Integrado de Procedimientos Administrativos.
  • Formulario único de trámite de la Biblioteca Nacional del Perú o documento de solicitud de emisión de constancia que acredite la producción de libros o productos editoriales afines, que contenga la siguiente información:
    • Denominación o razón social, número de RUC, domicilio fiscal, teléfono o celular, correo electrónico.
    • Código de Producción de Libros, el cual es creado a través del portal web de la BNP.
    • Código que evidencia la existencia del ejemplar, en caso de reimpresiones, asignado por la Biblioteca Nacional del Perú.
  • Código de producción de libros generado en el Sistema Informático de Constancia de Producción de libros y productos editoriales afines - Sicopli, luego de ingresar la información de la editorial, de las publicaciones y de los gastos vinculados a las publicaciones, la declaración jurada de cesión de derechos de autor y los comprobantes o documentos donde conste el pago del IGV que respalden las adquisiciones de bienes y servicios destinadas a la producción del libro o productos editoriales afines.
  • Antes de generar el código de producción, el libro impreso o electrónico, digital, e-book o producto editorial afín, ya debe contar con la constancia de depósito legal, la cesión de derechos de autor y el certificado de ISBN o ISSN o ISMN emitido, según corresponda, según lo establecido en los numerales 3.2 y 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 31053. Las publicaciones electrónicas, libros digitales, e-books, se encuentran exceptuados de exhibir los literales d), e) y f) del numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 31053.
  • Todo libro editado e impreso en el país, debe tener los siguientes datos editoriales:
    • El título de la obra.
    • El nombre del autor, compilador, coordinador o traductor, de ser el caso.
    • El número de la edición.
    • La cantidad de ejemplares impresos.
    • El nombre del impresor.
    • El lugar y la fecha de impresión.
    • El nombre del editor.
    • Los profesionales que participaron en la obra, de ser el caso.
    • Los datos del Código Internacional Estándar del Libro (ISBN).
    • El libro que no reúna estas características no gozará de las exoneraciones y beneficios tributarios que otorgue la presente ley.
  • Para el caso de reimpresiones de una misma edición, estas deben exhibir el número de depósito legal otorgado a la edición de la publicación que le corresponde y el número de reimpresión en la hoja de créditos del libro; asimismo, debe obtener la evidencia de la existencia de la reimpresión que es otorgada por la BNP, luego de la obtención de las imágenes del ejemplar, el día de la presentación de la solicitud de emisión de la constancia.
  • Las adquisiciones y los servicios realizados contenidos en los documentos sustento de los gastos deben ser utilizados directamente en la producción de los libros o productos editoriales afines.

Modalidad: Online

Hazlo de forma digital:

Una vez en la plataforma, selecciona Constancia de producción de libros o productos editoriales afines y haz clic en Generar. Llena los datos que te piden. Al completar el formulario recibirás automáticamente un código de registro, el cual es el inicio para la obtención de la constancia de producción. En un plazo no mayor a 20 días hábiles, recibirás tu constancia.

Si tienes dudas, envía un correo a produccioneditorial@bnp.gob.pe.

Solicita tu constancia