Contraer matrimonio civil
Si eres mayor de edad y deseas casarte por matrimonio civil con tu pareja, debes solicitarlo a la municipalidad de tu localidad. Ten en cuenta que debes contar con 2 testigos.
El matrimonio civil es la unión voluntaria de 2 personas ante la ley con el fin de hacer vida común. Ambos cónyuges tienen iguales derechos, deberes, consideraciones, responsabilidades y autoridad en el hogar.
Requisitos
- Formato de solicitud matrimonial, firmada por ambos contrayentes.
- Declaración jurada del estado civil actual de los contrayentes. Si tú o tu pareja son solteros, pero tienen hijos extramatrimoniales, adjunten la declaración jurada de estado civil con hijos.
- Declaración jurada de domicilio de cada contrayente, al menos uno con dirección en el distrito de Magdalena del Mar.
- Declaración jurada de nacimiento de cada contrayente.
- Declaración jurada de 2 testigos de conocer durante al menos 3 años a la pareja.
- DNI de los contrayentes y testigos en la apertura del expediente matrimonial.
- Certificado médico prenupcial expedido por un centro de salud u hospital, que incluya exámenes serológicos, grupo sanguíneo y constancia de consejería preventiva de salud sexual, con una antigüedad máxima de 30 días previos a la apertura del expediente.
Si eres divorciado(a) y quieres volver a casarte, agrega:
- Copia de partida de matrimonio anterior con la inscripción del divorcio o anulación del matrimonio anterior.
- Declaración jurada de no administrar bienes de hijos menores.
- Si han pasado menos de 300 días desde que te divorciaste, presenta el certificado médico negativo de embarazo de la contrayente.
Si eres viudo(a) y quieres volver a casarte, agrega:
- Copia de la partida de defunción del cónyuge fallecido.
- Declaración jurada de no administrar bienes de hijos menores.
- Si han pasado menos de 300 días desde que enviudaste, presenta el certificado médico negativo de embarazo de la contrayente.
Si uno o ambos contrayentes son extranjeros, agrega:
- Copia de partida de nacimiento del país de origen.
- Certificado de soltería emitido por el país de origen.
- Si estás divorciado, presenta la partida de matrimonio anterior con la disolución o sentencia de divorcio.
- Si eres viudo, adjunta el certificado consular de viudez.
Ten en cuenta que los documentos emitidos por una autoridad extranjera deben estar legalizados por el Consulado Peruano en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú. Si el país está suscrito al Convenio de la Haya, debe contar con la apostilla de la autoridad competente. Además, los documentos que no estén en español deben contar con la traducción oficial.
Si tu pareja se encuentra en el extranjero y no puede estar presente durante la ceremonia:
- Presenta un poder especial otorgado a una tercera persona que la representará el día de tu boda. Este poder se otorga mediante escritura pública inscrita en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. Si el poder es otorgado en el extranjero, debe ser visado por el consulado peruano del país de origen y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Para matrimonio con parentesco entre sí, agrega:
- Dispensa judicial de parentesco de consanguinidad colateral de tercer grado.
Si tú o tu pareja tienen discapacidad, agrega:
- Copia del certificado de discapacidad.
Además, si tú o tu pareja están en provincia y desean iniciar los trámites de matrimonio, pueden nombrar a un representante con carta poder legalizada notarialmente. Si están en el extranjero, nombren a un representante mediante un poder fuera de registro, emitido por el Consulado Peruano en el país extranjero y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 5 pasos:
1. Acércate a la municipalidad
Comunícate primero vía WhatsApp al número 949872500, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m., con el personal de la Oficina de Estado Civil, donde serás atendido cordialmente y te orientarán en los requisitos para la celebración de matrimonio civil.
La funcionaria verificará tu documentación. Si todo está conforme, podrás acercarte al Palacio Municipal, ubicado en Av. Brasil 3501, Magdalena del Mar y abrir tu expediente matrimonial, así como recibir el edicto matrimonial para su publicación.
2. Paga el trámite
Con la orden de pago emitida por la Oficina de Estado Civil podrás acercarte a la caja, ubicada en el Palacio Municipal, y realizar el pago correspondiente.
Dentro de la municipalidad, en el salón de actos:
- De lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.: S/ 380.70 .
- De lunes a viernes de 4:00 p. m. a 6:00 p. m.: S/ 510.90 .
- Sábados de 10:00 a. m. a 12:00 p.m.: S/ 610.90 .
En el Parque Castagnola, en el Malecón Grau o en la Glorieta de la Costa Verde:
- De lunes a viernes de 10:00 a. m. a 3:00 p. m.: S/ 736.10 .
- De lunes a viernes de 4:00 p. m. a 6:00 p. m.: S/ 935.70
- Sábados de 10:00 a. m. a 12:00 p. m.: S/ 985.70 .
Fuera de la municipalidad (solo podrá celebrarse excepcionalmente, de conformidad con lo establecido en el Art. 265° del Código Civil Peruano):
- Dentro del distrito, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.: S/ 236.10 .
- Dentro del distrito, fuera del horario de oficina: S/ 285.70
- Fuera del distrito de Lunes a Viernes: S/ 304.10 .
- Fuera del distrito, fuera del horario de oficina: S/ 357.60
Además, toma en cuenta que el matrimonio civil comunitario tiene un costo único de S/ 50.00 , dispensa para publicación de edictos Matrimoniales S/ 65.40 , reprogramación de fecha y hora de ceremonia matrimonial S/ 22.10 y la exhibición del edicto matrimonial tramitado en otro municipio o notaría tiene un costo de S/ 27.50 .
3. Publica tu edito matrimonial
Te haremos entrega del edicto matrimonial para que lo anuncies en un diario de circulación nacional. Al día siguiente de la publicación en el diario, lleva a la municipalidad la página completa donde aparece el anuncio, para que sea anexado a tu expediente matrimonial.
Adicionalmente, si uno de los novios reside en otro distrito, debe publicar el edicto en la municipalidad correspondiente durante 8 días hábiles. Después entrega a la Municipalidad de Magdalena el edicto donde se visualice la fecha de publicación y la firma y sello del funcionario.
Transcurrido en plazo de la publicación de los avisos, sin que haya oposición o noticia de ningún impedimento, tú y tu pareja estarán aptos para casarse. Ese día deben programar la fecha de la boda, como máximo dentro de los 4 meses siguientes. De lo contrario, el trámite y los pagos realizados quedarán sin efecto.
Los documentos presentados no se devolverán por ser parte del expediente matrimonial.
4. Asiste a la ceremonia
Acude junto a tu pareja y tus testigos, al lugar, día y hora acordados, donde un funcionario dirigirá tu matrimonio. Deben llevar su DNI en físico a la ceremonia
5. Tramita tu acta de matrimonio
Una vez celebrada la ceremonia, la municipalidad registrará el acta de celebración ante el Reniec para que genere la partida de matrimonio.
Después de 20 días hábiles, puedes solicitar tu partida de matrimonio en Reniec.