Denuncias de protección al consumidor
Procedimientos de protección al consumidor: sumarísimos y ordinarios
Las denuncias de protección al consumidor pueden presentarse a través de 2 tipos de procedimientos: los sumarísimos y los ordinarios. Esto, dependerá del valor del producto o servicio adquirido.
Procedimientos sumarísimos
Para interponer una denuncia por la vía sumarísima, el valor del producto o servicio debe ser igual o menor a 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, S/ 16,050.00 .
Se tramitan ante los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor (OPS), los que fueron creados para brindarle al ciudadano una alternativa rápida y confiable en la protección de sus derechos.
De haber controversias, estos órganos pueden convocar audiencias únicas para resolverlas en menos tiempo y por conciliación.
Por esta vía se puede denunciar:
- Falta de atención a reclamos y requerimientos de información.
- Métodos abusivos de cobranza.
- Falta de entrega del producto.
- Incumplimiento del acuerdo conciliatorio.
- Incumplimiento de las medidas correctivas.
- Incumplimiento de liquidación de costas y costos.
- Servicios bancarios y financieros, sistema de pensiones y mercado de valores.
- Servicios inmobiliarios, educativos, profesionales, retail, automotriz, entre otros.
Este procedimiento consta de 4 etapas que transcurren en un promedio de 30 días hábiles.
- Presentación de la denuncia.
- Admisión de trámite y corre traslado al proveedor.
- Audiencia única a criterio del jefe del Órgano Resolutivo de Procedimiento Sumarísimos (OPS).
- Emisión de la resolución final.
Procedimientos ordinarios
Para iniciar una denuncia por esta vía, es necesario que el valor del producto o servicio sea igual o mayor a 3 UIT, es decir, S/ 16,050.00 .
Se tramitan ante las Comisiones de Protección al Consumidor (CPC), las encargadas de conocer las presuntas infracciones según la Ley de Protección al Consumidor, y de imponer las sanciones administrativas y medidas correctivas establecidas en ella, salvo que su competencia sea negada por norma expresa con rango de ley.
Existen 3 Comisiones de Protección al Consumidor ante las cuales se interponen diferentes tipos de denuncias:
- Comisión de Protección al Consumidor 1 (CC1): denuncias por servicios bancarios y financieros, sistema de pensiones y mercado de valores.
- Comisión de Protección al Consumidor 2 (CC2): denuncias por servicios educativos, vehiculares, inmobiliarios, turísticos, recreativos, de transporte terrestre y aéreo, veterinarios, estacionamientos, entre otros.
- Comisión de Protección al Consumidor 3 (CC3): investiga y resuelve procedimientos sancionadores iniciados de oficio, es decir, que no requieren la solicitud de una parte para empezar.
Este procedimiento consta de 6 etapas que pueden transcurrir en 120 días hábiles, aproximadamente.
- Presentación de la denuncia.
- Admisión de trámite y corre traslado al proveedor.
- Realización de audiencia de conciliación.
- Si se llega a un acuerdo, concluye el proceso.
- Si no se llega a un acuerdo, continúa el proceso.
- Emisión de resolución final