Neutralidad electoral: prohibiciones en materia de publicidad estatal

Durante las Elecciones Regionales y Municipales 2022, los funcionarios y servidores públicos tienen prohibido:

  • Aparecer en los servicios de publicidad estatal brindados, sean inserciones que se paguen en medios impresos, spots televisivos, radiofónicos u otro medio, o en la realización de determinada campaña publicitaria que se difundan a través de letreros, carteles, paneles, pancartas, banderas, anuncios luminosos, altoparlantes, boletines, folletos, afiches, pósteres, volantes, panfletos, camisetas u otra indumentaria, calendarios, pines, llaveros, lapiceros u otros útiles, diarios y revistas (periódicas o no), televisión de señal abierta o cerrada, radiodifusión, internet u otros conexos.

Artículo 6.5 Decreto Supremo N°082-2022-PCM


Si conoces un caso de incumplimiento del deber de neutralidad, puedes denunciarlo.