Recepción de bienes muebles a cargo del Pronabi

Este procedimiento hace posible que el Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi) reciba bienes muebles por parte del Poder Judicial (PJ), el Ministerio Público (MP) o la Policía Nacional del Perú (PNP) en conformidad con el Decreto Legislativo N.° 1373.

Asimismo, permite que el Pronabi asuma su administración, con el objetivo de generar rentabilidad a favor del Estado Peruano.

Procedimiento

Para que el Pronabi reciba un bien mueble, el PJ, MP o la PNP le envía un oficio poniendo a su disposición el bien o comunicando que se realizará la ejecución de la medida cautelar o sentencia.

Una vez que se determina la competencia del Pronabi para recibir el bien mueble, se programa una diligencia para la entrega física y el internamiento en sus depósitos, en coordinación con la institución que lo puso a disposición.

Programada la recepción, se verifica el estado, la operatividad y las características físicas del bien mueble que consta en el acta de ejecución de medida cautelar o sentencia. Finalmente, se suscribe el Acta de Entrega – Recepción del bien mueble a favor del Pronabi.

Si deseas mayor información sobre este trámite o quisiera realizar alguna consulta, comunícate con la Central Telefónica del Pronabi al (01) 514-8830, anexos 232 o 227.