Solicitar el fraccionamiento de multa impuesta por Indecopi
Si tienes una deuda pendiente de pago impuesta por Indecopi, puedes fraccionar el monto a pagar.
Este beneficio se considera si:
- La deuda es igual o mayor a 0.50 UIT (Unidad Impositiva Tributaria): S/ 2,675.00 .
- Su resolución se encuentre consentida o firme, así haya iniciado o no la ejecución del cobro.
No puedes fraccionar tu multa, si:
- El monto es menor a 0.50 UIT ( S/ 2,675.00 ) o si fue impuesta por no acatar medidas cautelares ordenadas por los órganos resolutivos.
- Proporcionaste información falsa, o si ocultaste, destruiste o alteraste información relevante para la evaluación de tu caso.
- Incumpliste sin justificación un requerimiento de información, o si impediste el ejercer de Indecopi.
- Fue fraccionada antes, pero al incumplir en el proceso de pago se declaró la pérdida del referido beneficio.
- Mantienes un proceso judicial en trámite.
- Se declaró la pérdida de sus otras multas fraccionadas en el último año, a excepción de que presentes una carta fianza, de acuerdo a lo señalado en los numerales 6.6.1 y 6.6.2.
- Si alguna persona informa sobre la existencia de montos susceptibles de embargo. Tampoco si se inicia la ejecución forzosa, ya sea de tus bienes muebles o inmuebles embargados.
Existen opciones de fraccionamiento establecidas en función del monto de la multa y la inicial que abones. El monto mínimo de la cuota mensual no podrá ser inferior al 10% de 1 UIT: S/ 535.00 .
Si cuenta con costos y gastos del procedimiento coactivo, ese monto será incluido en tu primera cuota.
Debes garantizar el monto sujeto a fraccionamiento con la presentación de una carta fianza cuando el saldo de la multa, después de efectuado el pago de la inicial correspondiente, sea superior a 5 UIT: S/ 26,750.00 : S/ 26,750.00 o cuando una causal del artículo 2.2. lo requiera.
Requisitos
- Solicitud de fraccionamiento a través de la Plataforma de Servicios en Línea, de acuerdo al reglamento impuesto por Indecopi.
- Si representas a una sociedad conyugal o sucesión indivisa o intestada, debes presentar una copia simple del acta o partida de matrimonio civil, acta o partida de defunción del causante o acta de inscripción de la sucesión intestada, según corresponda.
- Si actúas en representación de una persona natural, debes presentar una carta poder simple a fin de solicitar el beneficio de fraccionamiento.
Para personas jurídicas:
- Denominación o razón social.
- Identificación de la partida y oficina registral en la que se encuentra inscrita, así como el número del asiento en el que se encuentran inscritos los poderes del representante legal.
- Número de Registro Único del Contribuyente (RUC).
- Domicilio procesal.
- Nombres y apellidos del representante legal.
- Tipo y número de documento de identidad del representante legal.
- Indicación de la opción de fraccionamiento a la cual se acoge, de acuerdo al artículo 6.5.
- Identificación de la multa cuyo fraccionamiento se solicita (CUM, monto en UIT y en soles, número de resolución que impone, confirme o modifique la multa, número de expediente administrativo y, de ser el caso, el número de expediente de ejecución coactiva).
- Ofrecimiento de la carta fianza, de ser el caso.
Para personas naturales:
- Nombres y apellidos del administrado.
- Tipo y número de documento de identidad.
- Domicilio procesal.
- Nombres y apellidos del representante, de ser el caso.
- Tipo y número del documento de identidad del representante legal.
- Indicación de la opción de fraccionamiento a la cual se acoge, de acuerdo al numeral 6.5.
- Identificación de la multa cuyo fraccionamiento se solicita (CUM, monto en UIT y en soles, número de resolución que impone, confirme o modifique la multa, número de expediente administrativo y, de ser el caso, el número de expediente de ejecución coactiva).
- Ofrecimiento de la carta fianza, de ser el caso.
Para las solicitudes registradas de manera virtual, parte de la información antes señalada se encontrará registrada de manera automática, debiendo el administrado completar únicamente la información restante.
Modalidad: Presencial
Hazlo en 2 pasos:
1. Presenta tus documentos
Regístrate en los Servicios en Línea del Indecopi y accede al servicio de solicitud de fraccionamiento de multa y reconsideraciones. Tu pedido será enviado a la Unidad de Finanzas y Contabilidad de la entidad para su atención.
Si no puedes realizar la solicitud en línea, puedes ingresar a la mesa de partes virtual y enviar el formato de Solicitud de fraccionamiento y documentos requeridos.
Otra opción es enviar tu solicitud en la sede central del Indecopi, ubicada en Calle de la Prosa 104, San Borja, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 4:30 p.m. si estás en Lima. También puedes hacerlo a través de la mesa de partes de las oficinas locales o regionales:
- Chachapoyas Jr. Ayacucho N°1073
- Chimbote Jr. Elías Aguirre N°130
- Abancay Av. Andrés Avelino Cáceres N°211
- Arequipa Mz "O" Lote 20, Urbanización La Esperanza, José Luis Bustamante y Rivero
- Ayacucho Av. Mariscal Cáceres N°1387
- Cajamarca Jr. Amazonas N°785
- Cusco Urbanización Constancia Mz. A-11-2, Wanchaq
- Huancavelica Jr. Torre Tagle N°133
- Huánuco Jr. Progreso N°344
- Ica Av. Conde de Nieva N°446, Urb. Luren
- Huancayo Pasaje Comercial N°474, El Tambo
- La Merced Jr. Los Robles N° 102, Urb. Capello
- La Libertad Calle Santo Toribio de Mogrovejo N°518, Urb. San Andrés II Etapa
- Lambayeque Los Tumbos N°245, Urb. Santa Victoria
- La Victoria Av. Prolongación Huánuco N°2108
- San Borja Calle De la Prosa N°104
- Los Olivos Av. Carlos Izaguirre N°988
- Loreto Jirón Putumayo N°446
- Puerto Maldonado Jr. Piura N°425 Mz. 1-Y, Lote 4
- Ilo Jr. Abtao N°614, Dpto. A
- Pasco Asociación Pro Vivienda UNDAC Mz. Q Lt. 02 – Distrito de Yanacancha
- Piura Av. Los Cocos N°181-183, Urb. Club Grau
- Puno Jr. Ancash N°146 - Cercado
- Tarapoto Jr. Antonio Raymondi N°328
- Tacna Av. Bolognesi N°158, esq. con Calle Arequipa N°110, Cercado
- Tumbes Av. Francisco Navarrete N°103
- Pucallpa Av. Sáenz Peña N°485
- Vraem Av. Arriba Perú cuadra 1S/N Pichari
2. Espera los resultados
En máximo 15 días hábiles, la entidad emitirá una resolución administrativa que podrá ser notificada a través de la casilla de Servicios en Línea, por correo electrónico, o en físico, de ser el caso. También podrás consultar el estado de tu solicitud a través de la misma plataforma digital.
Si tienes alguna consulta sobre el avance de tu proceso, puedes llamar al (01) 224-7800, anexo 7814.
- Debes presentar la carta fianza dentro del plazo de 10 días hábiles, computados a partir del día siguiente de la fecha en que la Unidad de Finanzas y Contabilidad te comunique que el otorgamiento del beneficio de fraccionamiento queda condicionado a presentación de la referida garantía.
- Dicho plazo suspende aquel que tiene la Unidad de Finanzas y Contabilidad para la emisión de la correspondiente resolución administrativa, por lo que su cómputo se reinicia cuando el administrado presenta la carta fianza o cuando vence el plazo sin que se cumpla con la presencia de dicha garantía.