Resolución de Presidencia N.° 000138-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P
4 de noviembre de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1. Desagregación de Recursos
Aprobar la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo n.° 233-2025-EF, a favor del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, por el monto de S/ 426 840,00 (cuatrocientos veintiséis mil ochocientos cuarenta y 00/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:
=======> Revisar la Resolución de Presidencia (Cuadro faltante)
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace instruye a la Unidad Ejecutora 001: Administración General – Sineace para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Remisión
Encargar a la Oficina de Planificación y Presupuesto la remisión de copia del presente dispositivo de desagregación de recursos, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo n.° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Artículo 1. Desagregación de Recursos
Aprobar la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo n.° 233-2025-EF, a favor del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – Sineace, por el monto de S/ 426 840,00 (cuatrocientos veintiséis mil ochocientos cuarenta y 00/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:
=======> Revisar la Resolución de Presidencia (Cuadro faltante)
Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria
La Oficina de Planificación y Presupuesto del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace instruye a la Unidad Ejecutora 001: Administración General – Sineace para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Remisión
Encargar a la Oficina de Planificación y Presupuesto la remisión de copia del presente dispositivo de desagregación de recursos, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo n.° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia
