Resolución de Presidencia N.° 000109-2024-SINEACE/COSUSINEACE-P
18 de diciembre de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1. Oficializar el acuerdo N° 5 de la 21ava. sesión del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – Coneau, que acordó aprobar la solicitud de acreditación del programa de estudios de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la Universidad Nacional del Altiplano, con alcance al local SL01, Av. Floral N° 1153, modalidad presencial, por un periodo de dos (2) años.
Artículo 2. Disponer a la Universidad Nacional del Altiplano, que el programa de estudios de Medicina Veterinaria y Zootecnia elabore y ejecute un plan de mejora orientado al fortalecimiento de resultados, que incluya a los estándares con calificativo de “logrado”: “7 Sistema de Gestión de Calidad”, “12 Articulación con I+D+i y responsabilidad social” y “17 Plan de desarrollo académico del docente”, dicho plan y los resultados de su ejecución formarán parte de la documentación a presentar en el informe anual de seguimiento.
Artículo 3. Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional del Altiplano, juntamente con el Informe Técnico n.° 000041-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA, el Informe Técnico n.° 000053-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA; y el Informe Legal n.° 000221-2024-SINEACE/CS-P-GG-OAJ.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Artículo 1. Oficializar el acuerdo N° 5 de la 21ava. sesión del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – Coneau, que acordó aprobar la solicitud de acreditación del programa de estudios de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la Universidad Nacional del Altiplano, con alcance al local SL01, Av. Floral N° 1153, modalidad presencial, por un periodo de dos (2) años.
Artículo 2. Disponer a la Universidad Nacional del Altiplano, que el programa de estudios de Medicina Veterinaria y Zootecnia elabore y ejecute un plan de mejora orientado al fortalecimiento de resultados, que incluya a los estándares con calificativo de “logrado”: “7 Sistema de Gestión de Calidad”, “12 Articulación con I+D+i y responsabilidad social” y “17 Plan de desarrollo académico del docente”, dicho plan y los resultados de su ejecución formarán parte de la documentación a presentar en el informe anual de seguimiento.
Artículo 3. Disponer que toda difusión con mención del Sineace y/o temas relacionados con la acreditación otorgada, deberá realizarse tomando en cuenta lo regulado en la Directiva n.° 000008-2023-SINEACE/CT-GG, “Directiva que regula el uso del imagotipo institucional del Sineace y referencias a la acreditación y certificación de la calidad educativa” aprobada con Resolución de Gerencia General n.° 000059-2023-SINEACE/CT-GG.
Artículo 4. Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional del Altiplano, juntamente con el Informe Técnico n.° 000041-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA, el Informe Técnico n.° 000053-2024-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA; y el Informe Legal n.° 000221-2024-SINEACE/CS-P-GG-OAJ.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia