Sobre el servicio de boletos aéreos a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco

Comunicado
COMUNICADO N.º 111-2021-PERÚ COMPRAS/DAM

Dirección de Acuerdos Marco

25 de octubre de 2021 - 9:55 p. m.

La Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS les recuerda a las entidades públicas, comprendidas en la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, que los Catálogos Electrónicos de boletos aéreos nacionales e internacionales de no contener las rutas requeridas por el área usuaria o no adecuarse a las ofertas de los proveedores en referidos catálogos, conforme a las características y condiciones solicitadas y/o similares, no es obligatoria la contratación de dicho servicio a través del mencionado catálogo y, por ende, no será necesario requerir previamente una autorización de parte de PERÚ COMPRAS, de conformidad a lo establecido en el artículo 31 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 082-2019-EF, y los artículos 113 y 114 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 344-2018-EF.

En tal sentido se exhorta a las entidades, efectúen las contrataciones considerando que el proceso de contratación y las decisiones que se adopten en su ejecución deben orientarse al cumplimiento de los fines, metas y objetivos de la misma, garantizando la efectiva y oportuna satisfacción de los fines públicos, así como del interés público, bajo condiciones de calidad y con el mejor uso de los recursos públicos.

Finalmente, PERÚ COMPRAS reitera su compromiso con sus usuarios, entidades, proveedores y con la ciudadanía, en brindar asistencia técnica y asegurar el correcto funcionamiento de los Catálogos Electrónicos; para ello, pone a su disposición los siguientes correos electrónicos: acuerdosmarco@perucompras.gob.pe y mesadepartes@perucompras.gob.pe (Mesa de Partes Virtual).

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