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Comité para la Igualdad de Género – Reporte #7Documento de Gestión
Resolución de Contraloría Nº 093-2021-CG que modifica la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG...Formato
Formulario para reportar emergencias ambientales al OEFA, como inundaciones, incendios...Manual
Manual de Competencias en Fiscalización Ambiental a cargo de los Gobiernos Regionales
- INFORME N° 179-2023-OEFA/OTI
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Ingenieria Y Soluciones Practicas Srl Isoprac, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Municipalidad Provincial De Huancayo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Municipalidad Provincial De La Union, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Quispe Llihuac Hilario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se emite pronunciamiento sobre la verificación de las medidas correctivas dictadas al administrado Ladrillera Cabrera S.A.C, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente r...
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Characato Super Grifo S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Martinez Asmat Hilario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se emite pronunciamiento sobre la verificación de las medidas correctivas dictadas al administrado Full Oils Petro Sociedad Anonima Cerrada-Full Oils Petro S.A.C., por los fundamentos expuestos en ...
- Se declara el cumplimiento de las medidas correctivas dictadas al administrado Sms Consulting And Training S.A.C. , por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Corrige el error material en el procedimiento administrativo sancionador seguido a Pluspetrol Norte S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el cumplimiento de las medidas correctivas dictadas al administrado Minera Doña Herminia S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el cumplimiento de las medidas correctivas dictadas al administrado Compania Minera San Valentin S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Ruiz Sánchez José Daniel, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el cumplimiento de las medidas correctivas dictadas al administrado Compañia Minera Lincuna S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Kallpa Generacion S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el cumplimiento de las medidas correctivas dictadas al administrado Dionicio Huarca Laule, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el cumplimiento de las medidas correctivas dictadas al administrado Panoro Apurimac S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador seguido a Mar Andino Peru S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Consultora Andina Sac, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Redondos S A, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Empresa De Transportes Caminos Perú S.A.C, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Agropecuaria Lock S.A, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Municipalidad Provincial San Martin, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Prod.Y Serv.De Manten. Y Seg.Ind.S.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.