Documento de Gestión
- Los interesados remitir hasta el día jueves 04/07/2024 hasta antes de las 13:00 horas, Documentación que acredite lo solicitado según los TDR, numeral 8. (Requisitos Mínimo que debe cumplir el pos...
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Corporación Rico S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Solis Sanchez Carlos Enrique, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Red de Energia del Peru S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Petromar E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador seguido a Emp Reg de Serv Publico de Electricidad, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Empresa Administradora Cerro S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Red de Energia del Peru Sa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador seguido a South Metallurgical Resources, Inc, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Centro de Investigacion Y Estudios Minero Ambiental S.A.C - Ciemam S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerati...
- Quincuagésimo sexta modificación al Cuadro Multianual de Necesidades
- Los interesados remitir hasta el día miércoles 03.07.2024 hasta antes de las 13:00 horas, Documentación que acredite lo solicitado según los TDR, numeral 8. (Requisitos Mínimo que debe cumplir el...
- Las personas interesadas pueden remitir sus observaciones, comentarios, opiniones o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la avenida Faustino Sánchez C...
- Los interesados remitir hasta el Miércoles 03.07.2024 hastas las 16:00 pm horas , su CV documentado, adjuntar copia de DNI ambas caras, Registro Nacional de Proveedores (RNP) y los anexos debidamen...
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Compañia Transmisora Norperuana S.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la improcedencia de la reconsideración presentada por Enel Generacion Peru S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Emp Concesionaria de Elect de Ucayali Sa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Consorcio Transmantaro S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Red de Energia del Peru Sa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Enel Generacion Peru S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Compañia Minera Chungar S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Agricola del Chira S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Torres Salcedo Juan de La Cruz, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se rectifica el error material incurrido en la Resolución N° 394-2024-OEFA/TFA-SE del 30 de mayo de 2024, conforme se detalla en el artículo primero de la presente resolución.
- Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral 00930-2022-OEFA/DFAI del 30 de junio de 2022; por haberse vulnerado el principio de tipicidad e Irretroactividad en el extremo de la mult...