Documento de Gestión
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Activos Mineros S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Chuquillanqui Aliaga Israel, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Sexagésimo Quinta modificación al Cuadro Multianual de Necesidades
- Reporte de Seguimiento Semestral 2024 del Plan Operativo Institucional
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Bemcho S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador seguido a Helices Caballero S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador seguido a Agrobex S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a Sandoval Olivos Nicolas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Mar Andino Peru S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Servicentro Los Rosales S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Electro Dunas S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Huanca Quispesayhua Isaias Geronimo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a Rinti S A, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Shougang Hierro Peru S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Villas Oquendo S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Pieriplast S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Ceramicos Pakamuros E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Global Fuel Sociedad Anonima, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Guillermo Li S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Volcan Compañia Minera S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Frontera Energy del Peru S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a Anglo American Quellaveco S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Integracion Avicola San Carlos S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se amplía la caducidad en el procedimiento administrativo sancionador seguido a Vicente Sanabria Jose Stalin, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la improcedencia de la reconsideración presentada por Municipalidad Distrital de Pichanaqui, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.