Documento de Gestión
- Sexagésima (60) modificación al Cuadro Multianual de Necesidades
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a NOREX ENERGIA S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a COMPAÑIA MINERA SAN IGNACIO DE MOROCOCHA S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por FERNANDEZ CRUZ RAUL, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a EMPRESA DE TRANSPORTES MAXILU S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a TERPEL PERU S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a FRONTERA ENERGY DEL PERU S.A.EN LIQUIDACION, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a PLUSPETROL NORTE S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a INVERSIONES E INDUSTRIAS MIRFER S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a ARIN S A, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a COMPANIA MINERA ARES S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a LANGOSTINERA RAMONA S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a SEAFROST S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a GER EXPORT S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPA HERMOSA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a INVERSIONES N Y F E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a SERVICENTRO SAN JOSE E.I.R.LTDA., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a GER EXPORT S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a PETROLEOS DEL PERU PETROPERU SA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a PALACIOS GAMARRA PERCY JOEL, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a LANGOSTINERA HUACURA S.A.C, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a CONSULTORA CONSTRUCTORA AMBIENTAL Y TECNOLOGIAS INTEGRALES E.I.R.L. - CONAMTECI E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la pa...
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por INTEGRACION AVICOLA SAN CARLOS S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a FRIGORIFICO LA COLONIAL S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NINACACA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.