Documento de Gestión
- Se impone una multa coercitiva a Minera Strait Gold Peru S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa coercitiva a Pluspetrol Norte S.A. En Liquidación, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa coercitiva a Grivar S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa coercitiva a Compañia De Minas Buenaventura S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa coercitiva a Pluspetrol Norte S.A En Liquidación, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Grifo Duji E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Oxidos De Pasco S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador seguido a Servicentro Belen S.R.Ltda., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador seguido a Del Carpio Delgado Arturo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa coercitiva a Jorge Pinche Garcia, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Redondos S.A, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa coercitiva a Pluspetrol Norte S.A. En Liquidación, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador seguido a Estacion De Energias El Centenario S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolu...
- Se impone una multa coercitiva a Pluspetrol Norte S.A En Liquidación, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa coercitiva a Chavez Flores Celinda, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Cepco Avícola E.I.R.L, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa coercitiva a Pluspetrol Norte S.A En Liquidación, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa coercitiva a Pluspetrol Norte S.A En Liquidación, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Famesa Explosivos S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Alternativas Proteicas Del Pacifico E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Corporacion De Metales Pamisa S.A.C, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa coercitiva a Agropecuaria Wong S.A.C, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Inversiones Megaplas S.A.C, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Don Pollo Tropical S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Casa Grande S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.