Documento de Gestión
- Se confirma la Resolución Directoral N° 01408-2022-OEFA/DFAI del 31 de agosto de 2022, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 00902-2022-...
- Se revoca la Resolución Directoral N° 01705-2022-OEFA-DFAI del 25 de octubre de 2022, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 0266-2022-OE...
- Se confirma la Resolución Directoral N° 1418-2022-OEFA/DFAI del 31 de agosto de 2022, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 0524-2022-OE...
- Se corrige el error material incurrido en la Resolución Directoral Nº 1651-2022-OEFA/DFAI del 30 de septiembre de 2022, en los términos señalados en el artículo 1 de la parte resolutiva de la prese...
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Municipalidad Provincial De Contumazá, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Municipalidad Provincial De Puno., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Cia Minera Santa Ines Y Morococha S A, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la improcedencia de la reconsideración presentada por Shougang Hierro Peru S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa al administrado Pluspetrol Norte S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Corrige el error material en el procedimiento administrativo sancionador seguido a Sierra Antapite Sac, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se impone una multa al administrado Pluspetrol Norte S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Compañia De Minas Buenaventura S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Direccion General De Mineria Del Ministerio De Energia Y Minas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la pr...
- Se declara el cumplimiento de las medidas correctivas dictadas al administrado Minera Tartisan Perú S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Compañía Minera Chungar S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Consorcio De Ingenieros Ejecutores Mineros S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Consorcio Transmantaro S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Estación De Servicios Dávila E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Vigésima séptima modificación al Cuadro Multianual de Necesidades
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Municipalidad Provincial De Jauja, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Municipalidad Distrital De Yuyapichis, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Municipalidad Distrital De Torata, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Municipalidad Distrital De Carhuamayo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Gasocentro Ysmar E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Marinasol S.A, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.