Documento de Gestión
- Se confirma el Acta de Supervisión del 3 de junio de 2025, correspondiente a la supervisión regular del 30 de mayo a 3 de junio de 2025, en el extremo mediante el cual se ordenó a Aruntani S.A.C. e...
- Se confirma la Resolución N° 00104-2025-OEFA/DSEM del 06 de mayo de 2025, que resolvió declarar infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por Empresa Administradora Cerro S.A.C. contra la...
- CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO ANUAL PARA LA UNIDAD VEHICULAR MITSUBISHI L200 TRITON DE PLACA EAD-781 ASIGNADA A LA OFICINA DE ENLACE CORACORA DEL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y F...
- CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE INTERNET PARA LA OFICINA DESCONCENTRADA DE ANCASH DEL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Langostinera Tumbes S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Cordova Murrieta Vda De Bazan Luisa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN Y ALOJAMIENTO DE UNA PLATAFORMA VIRTUAL PARA CURSOS AUTOINSTRUCTIVOS
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Full Tank San Martin S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Quenta Ramos Federico Nemesio, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Petroleos Del Peru Petroperu SA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Septuagésima cuarta (74) modificación al Cuadro Multianual de Necesidades
- CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE INTERNET PARA LA OFICINA DE ENLACE DE CORACORA DEL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Servicios Fundición Y Maestranza K & M S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Comercial Importadora Madre Selva SAC, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Septuagésima tercera (73) modificación al Cuadro Multianual de Necesidades
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Aruntani S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Corrige el error material en el procedimiento administrativo sancionador seguido a Auccapuri Rojas Celia, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de la queja formulada por Minera Cayarany S.R.L. contra la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos del OEFA por defecto...
- Se confirma la Resolución Directoral N° 00391-2025-OEFA/DFAI del 31 de marzo de 2025, en el extremo que determinó la responsabilidad administrativa de Pluz Energía Perú S.A.A. por la comisión de la...
- Se declara la responsabilidad administrativa sin medida correctiva a Volcan Compania Minera S.A.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a Compañia Minera Chungar S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la responsabilidad administrativa con medida correctiva a Aruntani S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Minera Cayarany S.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la improcedencia de la reconsideración presentada por Amg-Auplata Mining Group Peru S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
- Se declara la improcedencia de la reconsideración presentada por Consorcio De Ingenieros Ejecutores Mineros S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.