Organización
Concejo Municipal:
Es el máximo órgano de Gobierno de la Municipalidad, tiene atribuciones normativas y fiscalizadoras, y está conformado por el Alcalde, que lo preside y el número de Regidores que establezca el Jurado Nacional de Elecciones, conforme a la Ley de Elecciones Municipales – Ley Nº 26864.
Alcaldía:
Es el órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa, es elegido por los ciudadanos de su jurisdicción mediante el sufragio directo en las elecciones municipales. Sus atribuciones, derechos y obligaciones están establecidos en los artículos 20º y 21º de la “Ley Orgánica de Municipalidades” Ley Nº 27972.
Las Comisiones de Regidores
Son órganos consultivos encargados de efectuar estudios, formular propuestas y proyectos, y emitir dictámenes según sus áreas de trabajo debiendo ser sometido al Concejo Municipal para su tratamiento de aprobación o desaprobación.
La Gerencia Municipal
Es el órgano de dirección del más alto nivel técnico de la Gestión Municipal, encargado de conducir el cumplimiento de las políticas y estrategias técnico – administrativas de la Municipalidad, en sus diferentes etapas de planificación, ejecución y evaluación; dentro del marco normativo vigente.