Resolución Administrativa N.° 523-2022-DMID-DIRIS-LC

6 de mayo de 2022

ARTICULO PRIMERO.IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente al 50% de TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico de Clase BOTICA con nombre comercial BOTICA CIELO PHARMA S.A.C, razón social BOTICA CIELO PHARMA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA–BOTICA CIELO PHARMA S.A.C., representado legalmente por PASCUAL POPE OSCAR, con número de RUC 20603670940, ubicado en Av. Brasil N°2591 Urb. Los Patriotas, en el distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; en condición de atenuantes, por los fundamentos expuestos en la presente resolución;

ARTICULO SEGUNDO. – Notificar al establecimiento BOTICA CIELO PHARMA S.A.C., y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

ARTICULO TERCERO. – Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.

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