Certificado de estudios (emisión y duplicado)

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Descripción

Según el art. 68 de la Ley General de Educación, le corresponde a la Institución Educativa (IE), representada por el directivo, otorgar los certificados de estudios (CE). Esta responsabilidad de emisión está estipulada en el Reglamento de la Ley General de Educación.

En las instituciones educativas públicas e instancias de gestión educativa descentralizada (DRE y UGEL), la emisión del CE es gratuita.

Este documento es requisito para acceder al ciclo técnico de un Centro de Educación Técnico-Productiva, a Institutos de Educación Superior, a estudios en el extranjero y a las Fuerzas Armadas. Para todos los demás casos en que se requiera acreditar la trayectoria educativa, podrá usarse la Constancia de Logros de Aprendizaje.

Si necesitas tu CE, el proceso para obtenerlo depende del tipo de institución y año en el cual cursaste tus estudios.