Alcaldía
La Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; es el personero legal y titular del pliego presupuestario. El Alcalde del Distrito de Santa, tiene las funciones siguientes:
1. Representar a la Municipalidad Distrital de Santa.
2. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos.
3. Convocar y presidir las sesiones de Concejo Municipal.
4. Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal.
5. Proponer al Concejo Municipal proyectos de Ordenanzas y Acuerdos.
6. Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación.
7. Dictar decretos y Resoluciones de Alcaldía con sujeción al ordenamiento legal.
8. Dirigir la formulación y someter a aprobación del Concejo Municipal, el Plan Estratégico del Distrito y el Programa de Inversiones Concertando con la sociedad civil.
9. Dirigir la ejecución de los Planes de Desarrollo Municipal.
10. Someter a aprobación del Concejo Municipal el Presupuesto Institucional.
11. Aprobar el Presupuesto Municipal, en caso de que el Concejo Municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto por Ley.
12. Someter a aprobación del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente los actos financieros y presupuestarios (balance general y balance de ejecución del presupuesto y la memoria de ejercicio presupuestal fenecido).
13. Someter al Concejo Municipal la aprobación del Sistema de Gestión Ambiental Local y de sus instrumentos dentro del marco del Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional.
14. Informar al Concejo Municipal respecto del control de la recaudación de los ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado.
15. Celebrar matrimonios civiles, de acuerdo con las normas de Código Civil.
16. Designar y cesar al gerente municipal y a los demás funcionarios de confianza.
17. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la municipalidad.
18. Cumplir y hacer las disposiciones municipales con el apoyo, de la policía nacional.
19. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal.
20. Proponer al Concejo Municipal la realización de auditorías exámenes especiales y otros actos de control.
21. Proponer al Concejo Municipal la creación, organización, funcionamiento y reglamentación de organismos públicos descentralizados.
22. Proponer al Concejo Municipal la creación de centros poblados y de agencias municipales.
23. Reglamentar la organización y funcionamiento de las agencias municipales.
24. Implementar bajo responsabilidad las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna.
25. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones.
26. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo concesión al sector privado.
27. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales.
28. Presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción.
29. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales, de ser el caso tramitarlos ante el Concejo Municipal.
Mg. Abog. Alex Motta Borjas.
Alcalde
Sede Central: Municipalidad Distrital de Santa.
Dirección: Jirón Marañón N° 227 - 2 Piso.
Correo institucional: alcaldia@munidistsanta.gob.pe