Acciones municipales respecto al transporte y movilidad durante la emergencia sanitaria

Conoce qué puede hacer una municipalidad en caso de que las unidades de transporte público estén sucias y cómo puede apoyar en los accesos a puertos para facilitar la cadena logística de exportación.

Acciones de la municipalidad si las unidades de transporte público están sucios, incluyendo sus pasamanos y son fuente de posible contagio de coronavirus

La municipalidad provincial, ordena a las empresas de transportes que los buses que operan sus rutas bajo la licencia otorgada deben ser lavados y desinfectados interdiario como mínimo.

La municipalidad debe notificar por escrito a la empresa de transporte la necesidad y obligación de limpiar y desinfectar los buses. Pudiendo multar en caso de no hacerlo.

Se debe supervisar el servicio público de transporte urbano de su jurisdicción, mediante la supervisión, detección de infracciones, imposición de sanciones y ejecución de ellas por incumplimiento de las normas o disposiciones que regulan dicho servicio, con el apoyo de la Policía Nacional asignada al control de tránsito.

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Acciones de regulación y coordinación de la municipalidad sobre los accesos a puertos para facilitar la cadena logística de exportación

Las municipalidades no tienen competencias relacionadas al funcionamiento o acceso directo a los puertos, pero sí podrían coadyuvar a mejorar los accesos y seguridad externas hacia dichos lugares.

Las municipalidades pueden, en coordinación con la autoridad portuaria nacional, brindar apoyo para la seguridad y acceso externo de los puertos, así como el apoyo a la vigilancia de los vehículos que se dediquen a dicha labor.

La seguridad de la cadena logística de exportación es clave en estos momentos de emergencia nacional, no solo para la exportación, sino también para la importación, tanto de alimentos como de medicinas. Por lo que, las municipalidades deberán de brindar las máximas facilidades y seguridad para que dicha función se siga realizando.

Hay que recordar que a todas las empresas que brindan los servicios portuarios, así como la comunidad portuaria y logística en general, no les alcanza las medidas restrictivas del decreto de emergencia nacional (Decreto Supremo N° 008-2021-PCM).

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Revisa las medidas que debes respetar desde el 27 de octubre de 2022 a nivel nacional. 
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