Presentar un recurso de reclamación a la Sunat

Mediante este recurso podrás refutar, totalmente o en parte, un acto administrativo notificado por la Sunat con el cual no estás de acuerdo.

Su objetivo es dejar sin efecto una parte o el total de ese acto relacionado con tu deuda tributaria o con una sanción.

Ten en cuenta que esta es la primera etapa del Procedimiento Contencioso Tributario. Si no estás conforme con la respuesta a tu reclamo, puedes presentar el Recurso de Apelación, que será resuelto por el Tribunal Fiscal, en segunda instancia.

Recuerda que, a partir del 1 de marzo de 2023, la notificación electrónica de un acto administrativo se considera efectuada en la fecha en la cual se deposita en tu Buzón Electrónico SOL

Actos reclamables

Estos pueden ser:

  • Orden de Pago (OP).
  • Resolución de Determinación (RD) o Multa (RM).
  • Resolución que determina la pérdida de fraccionamiento.
  • Resoluciones que establezcan sanciones de comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos y cierre temporal de establecimiento, así como las resoluciones de multa que las sustituyan.
  • Resolución denegatoria ficta (silencio administrativo negativo) sobre un recurso no contencioso.
  • Resoluciones que resuelvan las solicitudes de devolución.
  • Otros actos que tengan relación directa con la determinación de la deuda tributaria.

El plazo para presentar tu reclamación, dependerá del tipo de acto que reclames.

Requisitos

  • Número de RUC
  • Clave SOL.
  • Escrito que contenga el acto que reclamarás, los fundamentos de hecho, y cuando sea posible, los fundamentos de derecho. Debe estar firmado por el contribuyente, por su representante legal acreditado en el RUC o por una persona con poder y suficiente para para presentar el recurso.
  • Documentos que prueben o sustenten tu recurso. Ejemplo: copia de constancias o comprobantes de pago, libros y registros con efectos tributarios, estado de cuenta bancaria, entre otros.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Ingresa al portal de la SUNAT y selecciona Operaciones en Línea (SOL).

Accede con tu clave SOL a la sección "Mis trámites y servicios" y haz clic en "Presentación de Recursos y Trámites".

Selecciona el acto impugnado. Además, puedes consignar el sustento del recurso y adjuntar los archivos con los documentos probatorios en formato PDF/A.

Luego, verifica la constancia de presentación en tu Buzón Electrónico SOL.

Recuerda que puedes presentar escritos electrónicos en atención a los requerimientos de la Sunat o de solicitudes relacionadas con tu expediente a través de este módulo de presentación de recursos impugnatorios.

Una vez resuelto tu recurso, recibirás una notificación electrónica en tu Buzón Electrónico SOL.

Presenta un recurso

También puedes hacerlo presencialmente:

Modalidad: Presencial

Hazlo en 3 pasos

1. Acércate a la Sunat

Identifícate con tu DNI en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente y presenta los requisitos. Ten en cuenta:

  • Si presentas un reclamo por Resoluciones de Pérdida de Fraccionamiento, continúa con el pago de las cuotas mensuales. En caso de Órdenes de Pago, debes cancelarla antes de presentar tu reclamo, salvo que existan circunstancias por la que la cobranza sea improcedente.
  • Si presentas tu documentación fuera de plazo, debes realizar el pago total con intereses de la deuda que reclamas o debes garantizar su pago con una carta fianza (deberá ser renovada 5 días hábiles antes de su fecha de vencimiento).
2. Recibe tu constancia

Una vez entregado los requisitos, recibirás una constancia de recepción, con fecha y hora. Antes de retirarte verifica que la información ingresada esté conforme.

3. Espera la respuesta

Recibirás el resultado del proceso a través del correo electrónico que registraste en tu solicitud. Considera que el plazo de resolución dependerá del acto reclamado.