Gastos por servicios de cuarta categoría

Es un tipo de egreso que podrías descontar del Impuesto a la Renta Anual. Dentro de estos, se incluyen los gastos por servicios médicos, odontológicos y otros relacionados con cualquier profesión, arte, ciencia y oficio que te emitan recibos por honorarios.

Si eres trabajador independiente o en planilla, puedes deducir el 30% del total pagado por estos servicios y así reducir el impuesto a la renta que te corresponde pagar en tu Declaración Anual.

También puedes deducir como gasto las atenciones médicas y odontológicas de tu esposo(a), concubino(a), hijos menores de 18 años o mayores de 18 con discapacidad inscritos en Conadis.

Condiciones

  • El servicio debe haberse prestado en el país.
  • El servicio debe ser renta de cuarta categoría, por lo que debes emitir un recibo por honorario electrónico.
  • El pago debe ser registrado, e indicar la fecha y medio de pago utilizado..

Al presentar la declaración jurada anual por rentas de trabajo (4ta o 5ta categoría) debes considerar los gastos realizados del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Si tienes un importe retenido o pagado en exceso, puedes solicitar una devolución. Solo debes cumplir con los requisitos generales para la deducción:

  • Para los consumos a partir de S/ 2,000.00 o US$ 500.00 , debes usar depósito en cuenta, transferencia bancaria, tarjeta de débito o crédito, etc. Este requisito no aplica para el pago por aportaciones a EsSalud.
  • El RUC del emisor debe encontrarse en estado activo y habido al 31 de diciembre de cada año.
  • El emisor no debe estar con baja de inscripción en el RUC a la fecha de emisión del comprobante.

No puedes deducir los servicios brindados por el desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario, gestor de negocios, albacea, regidor municipal, consejero regional y similares, por la cuales perciban dietas. Las dietas son un pago que la empresa realiza al trabajador como compensación por los gastos que pudiera tener al trabajar fuera del centro de trabajo.