Secretaría Técnica de los Órganos Resolutivos (STOR)

Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios (JARU)

Es el órgano resolutivo de Osinergmin encargado de resolver, en segunda y última instancia administrativa, los reclamos de los usuarios de los servicios públicos de electricidad y gas natural. Además, emite resoluciones en primera instancia en materia de procedimientos administrativos sancionadores.

Base legal

Competencias

La JARU tiene competencia para conocer las siguientes materias:

    • Instalación o activación del servicio.
    • Suspensión o corte del servicio.
    • Calidad e idoneidad en la prestación del servicio.
    • Facturación o cobro del servicio.
    • Cobros por cortes y reconexiones.
    • Contribuciones reembolsables.
    • Errores de medición y/o facturación.
    • Recupero de consumos no registrados.
    • Deudas de terceros.
    • Alumbrado público.
    • Compensaciones por interrupción parcial o total del servicio.
    • Cualquier otro reclamo de los usuarios de los servicios públicos de electricidad y gas natural ante los concesionarios, dentro del marco de la prestación de un servicio público regulado por Osinergmin.

Importante: Cuando se presenten cuestionamientos de alcance general, la concesionaria deberá canalizarlos a Osinergmin en el plazo máximo de 3 días hábiles, a fin de que sea tramitado como denuncia.

Funciones

  • Resuelve, en segunda y última instancia, los recursos de apelación, quejas y medidas cautelares presentados por los usuarios de los servicios de electricidad y gas natural.
  • Aprueba resoluciones que, al conocer casos particulares, interpretan de manera expresa el sentido de las normas, generando un precedente administrativo. Además, aprueba lineamientos resolutivos, informando sobre los criterios bajo los que establecen sus resoluciones.
  • Actúa como órgano resolutivo sancionador en caso de incumplimiento de sus resoluciones sobre quejas, medidas cautelares y apelaciones de reclamos. También en incumplimientos de reclamos resueltos en primera instancia o actas de acuerdo.
  • Emite resoluciones en primera instancia sobre medidas cautelares, medidas correctivas y medidas de seguridad. También emite resoluciones de multa coercitiva con el fin de que sus resoluciones que no fuesen cumplidas sean ejecutadas.

Organización

Los vocales titulares y suplentes de la JARU son designados por el Consejo Directivo de Osinergmin, por un período de 3 años renovables. La JARU cuenta con 2 salas unipersonales, a cargo de solo un titular; y con una sala colegiada, conformada por 3 titulares. Los suplentes realizarán funciones en ambas salas.

Con ayuda de las secretarías técnicas pertenecientes a STOR, los vocales hacen un análisis técnico o legal del caso, así como una revisión técnica y otra legal, antes de aprobar una resolución respecto al reclamo.

Si el monto que es materia de discusión del procedimiento es menor a 2 UIT (es decir, a S/ 10,700.00 ), será atendido en una sala unipersonal. De lo contrario, se atenderá en la sala colegiada. También puede ser derivado a la sala colegiada un caso considerado de alta complejidad por STOR.

Asimismo, todos los vocales titulares y suplentes integran la Sala Plena del JARU. En ella, toman conocimiento de temas relevantes para sus funciones y uniformizan los criterios aplicados.

Haz clic aquí para revisar una infografía sobre cómo se resuelve una apelación elevada al JARU.