Régimen Especial de Renta (RER)
Descripción
En este régimen tributario se encuentran las personas con negocio y personas jurídicas que obtengan rentas provenientes de actividades de comercio o industria, y actividades de servicios.
Este régimen solo lleva 2 registros contables (compras y ventas), emiten todo tipo de comprobantes de pago, solo presentan declaraciones mensuales y no están obligados a presentar declaraciones anuales.
Además, deben considerar que existen restricciones en este régimen:
- Sus ingresos o compras anuales no deben superar los S/ 525,000.00 .
- Tener como máximo 10 trabajadores por turno de trabajo.
- El valor de los activos fijos no debe superar los S/ 126,000.00 (excepto vehículos y predios).
- Tampoco pueden realizar actividades no comprendidas en el RER.
Al realizar las declaraciones mensuales, se determinará el pago de 2 impuestos:
- El Impuesto General a la Venta (IGV) del 18%.
- El impuesto a la renta (el 1.5% sobre sus ingresos netos).
Un requisito para pertenecer de manera permanente a este régimen es cumplir con la declaración y pago del periodo de inicio de actividades dentro de la fecha de vencimiento, según el cronograma de obligaciones mensuales y así evitar sanciones.
Si tu negocio crece y necesitas cambiar de Régimen Tributario por uno que se adecue mejor a tu negocio, puedes hacerlo en cualquier momento siguiendo las indicaciones correspondientes a tu régimen actual. También puedes conocer otros régimenes tributarios para negocio.